Después de 107 días en la cárcel de Soto del Real y después de que José Luis Ábalos y Koldo García continúen en libertad, Santos Cerdán pide por tercera vez al juez Leopoldo Puente su puesta en libertad. Su defensa, a cargo de Benet Salellas y Jacobo Teijelo, denuncia un “incomprensible agravio comparativo” con los otros dos investigados y una “irresoluble e incomprensible” contradicción. “En coherencia con las decisiones adoptadas en las últimas horas, no existe argumento constitucional que permita prolongar ni un día más la situación de prisión”, subraya el escrito, al que ha tenido acceso ElNacional.cat. Y es que, en todo momento, el escrito recuerda al juez Leopoldo Puente que esta semana ha decidido mantener en libertad tanto a Ábalos como a Koldo. Destaca que si los tres están investigados por un presunto delito de integración en organización criminal, “no llega muy bien a comprenderse como una parte de esa ‘trama’ puede poner en riesgo las fuentes de prueba mientras que el resto no compromete en ningún momento esas mismas fuentes de prueba”. “Es difícil de entender cuáles son las acciones de ocultación o destrucción de pruebas que únicamente y en carácter exclusivo puede realizar el señor Cerdán y no el resto de miembros de esa supuesta trama”, apostilla.
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Benet Salellas y Jacobo Teijelo recuerdan que el juez se negó a enviar a Ábalos y Koldo a prisión pese apreciar un cierto riesgo. “Es verdad que ha podido disponer de cantidades importantes de dinero opaco, tal vez en metálico, tal vez depositados en cuentas de terceros que hasta el momento no han sido halladas, así como de ciertos contactos y vínculos internacionales”, admitió sobre Ábalos. Sobre Koldo, reconoció que “pudiera, tal vez, disponer de cierta cantidad de dinero, que hasta la fecha no ha sido hallada” y que “mantuvo en el pasado ciertos vínculos con otros países, que se desconoce si persisten”.
Frente a ello, la conclusión de la defensa de Santos Cerdán es clara: “Si aquellos que tienen contactos internacionales, posibles cuentas con terceros y la posibilidad de disponer de dinero todavía no hallado por la investigación no son objeto de prisión provisional por riesgo de destrucción de esas fuentes de prueba, mucho menos quien no tiene acreditada la existencia de cuentas de terceros ni contactos internacionales ni se le ha hallado, a pesar de los meses de investigación, cantidad de dinero alguno”. Y recuerda que el juez habló del estado “avanzado de la investigación” para negarse a enviarlo a prisión.
A la espera del informe patrimonial definitivo sobre Santos Cerdán
La “percepción” de la defensa de Santos Cerdán es que la “pretendida justificación” de la prisión provisional es la “espera a la llegada del informe patrimonial definitivo” sobre él que se pidió hace meses. “No obstante, la espera de un atestado de la Policía Judicial no es un motivo que ni la ley ni el intérprete de la Constitución hayan avalado en ningún momento como tal”, replica el escrito. Argumentan que la ley “no prevé una protección” del análisis o el estudio de las pruebas o de la redacción de informes sobre las pruebas, sino exclusivamente de las fuentes: “Una vez obtenidas o aseguradas, la prisión provisional ya no estaría justificada”, recalcan. Y reiteran que ley estipula que la duración de la prisión provisional debe consistir en el tiempo “estrictamente necesario”. “Los tiempos procesales no pueden erigirse en motivos de prolongación o justificación de la prisión provisional, más bien al contrario”, concluyen.
“Desde que Cerdán no está en el Congreso, el Gobierno no consigue tirar adelante la mayoría de votaciones”
En el principio del escrito, sobresalen un par de frases con eminentemente carácter político y que ahondan en la denuncia que hizo él desde el primer día de que la causa en el Tribunal Supremo es una causa política. “Desde que el señor Cerdán no está en el Congreso, el Gobierno no consigue tirar adelante la mayoría de votaciones en la Cámara Baja”, esgrime su defensa. “Esta causa ha tenido y sigue teniendo un importante impacto en la actividad del poder legislativo y de la estabilidad del Gobierno”, añade. Y ello consideran que es “demostrativo” que “quizás no hay tantas personas” que puedan “encontrarse en la misma línea de actuación política” que él, que es uno de los argumentos que dijo el juez el 18 de septiembre cuando le denegó la libertad.
En ese auto, Leopoldo Puente señalaba que el recurso de Santos Cerdán que estaba desestimando no explicaba “por qué considera que precisamente esta animadversión, que presume ha llevado a quienes participarían en el complot a escogerle a él como víctima, no se dirigió frente a otras cualesquiera personas que pudieran encontrarse en la misma línea de actuación política y con equivalente, o aún mayor, capacidad ejecutiva para llevarla al acto”.