Santos Cerdán ha pedido a la sala de lo penal del Tribunal Supremo su puesta en libertad inmediata este jueves, cuatro días después de que el juez Leopoldo Puente decretara su prisión provisional al considerarlo al líder de la trama de corrupción, que supuestamente pedía comisiones a cambio de adjudicaciones de obra pública. En el recurso de apelación, su abogado, el penalista Benet Salellas, afirma que la investigación "es una causa general" contra Cerdán, y que el juez ha vulnerado su presunción de inocencia, con "indicios sin garantías", y pone el ejemplo de las grabaciones. El juez, en la resolución del lunes, sostiene que el ex número 3 del PSOE mandaba sobre la reclamación de "mordidas" a constructoras y el reparto del "botín" con el exministro de Transportes y anterior secretario de Organización del PSOE, José Luis Ábalos, y de su exasesor, Koldo García, además de insinuar que podría haber más implicaciones de personas "físicas y jurídicas", apuntando al PSOE.
El juez justificó la prisión de Cerdán - al cual investiga por cohecho, tráfico de influencias y organización criminal- porque tiene información y para evitar que en libertad pueda "ocultar, alterar o hacer desaparecer pruebas". La defensa de Cerdán sostiene que Koldo es "un agente encubierto de la Guardia Civil" y que las grabaciones incriminatorias aportadas ahora -"16 meses, 500 días después" que la Guardia Civil las encontrara en tres móviles y una grabadora de García- son "para tumbar el Gobierno de Pedro Sánchez". El instructor del Supremo desestimó de forma contundente los argumentos de Cerdán y por eso su abogado ha optado por pedir su libertad a la sala de lo penal del alto tribunal español y no al mismo juez, con un recurso de reforma.
Investigación prospectiva
En el recurso de apelación (de 20 páginas, como el auto de prisión), Salellas manifiesta que los hechos incriminatorios contra Cerdán no se sostienen. Detalla que "es falso que Servinabar tenga concesiones de obra con Acciona", como recoge el auto. Además, cuestiona el origen y la cadena de custodia de las grabaciones. Por todo esto, el abogado de Cerdán acusa el juez Leopoldo Puente de realizar una "investigación prospectiva" contra el excargo socialista, en la causa que se inició por la compraventa de mascarillas, y cita resoluciones del magistrado del Supremo Vicente Magro, que reitera que la jurisprudencia prohíbe esta búsqueda de pruebas.
El abogado expone que las obras concretas o adjudicaciones en las cuales habría tenido una participación delictiva Cerdán "es una cosa que hoy en día sigue sin concretarse claramente". Y detalla: "Por un lado, se ha puesto énfasis en su relación con Servinabar, pero no se investigan obras de Servinabar; después se ha focalizado en la llamada trama navarra, pero finalmente esta cuestión tampoco forma parte de la instrucción y, como corolario ahora el instructor solicita una lista de expedientes simplemente para comprobar si los topónimos referidos en unos supuestos audios se pueden corresponder con unas adjudicaciones concretas. No hay duda que estamos ante una causa general contra el señor Santos Cerdán y que el objetivo es investigar 'para ver si' finalmente aparece un indicio sólido que lo relacione con alguna actividad delictiva."
También pose en entredicho la actuación del instructor del Supremo, citando el reconocido profesor Luigi Ferrajoli. Y escribe: "Esta parte llega a una doble conclusión sobre el respecto a la regla procesal de la presunción de inocencia: a) la resolución recurrida no valora el material sumarial con perspectiva pro reo y b) cuando se adopta la perspectiva procesal pro reo no existe en las actuaciones material que pueda ser considerado incriminatorio y mucho menos para acordar una medida tan restrictiva de derechos como es la prisión provisional."
Destrucción de pruebas, genérica
El penalista también rebate la afirmación del juez sobre que hay “motivos bastantes” de los indicios: "Nos parece que unos audios realizados y preservados de manera fragmentaria durante años por un posible colaborador policial que acaba como coinvestigado no son la mejor prueba garantista, objetiva e independiente para utilizar para acordar una prisión provisional en un proceso penal democrático."
Finalmente, el abogado defensor explica que el juez no ha cerrado en la prisión a Cerdán por riesgo de fuga o reiteración delictiva, sino por posible destrucción de pruebas, pero que lo ha hecho de forma muy genérica. Y reclama "una concreción de cuáles son los medios de prueba determinados que se quiere proteger y sobre los cuales se percibe que existe un riesgo cierto y patente de destrucción". Y concluye: "No es suficiente ni posible en nuestro sistema procesal penal plantear un riesgo de destrucción de pruebas de forma totalmente abstracta y genérica. Así lo ha establecido claramente la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos."
Nuevas declaraciones, ahora los empresarios
Por otro lado, el juez Puente empezará el interrogatorio de los empresarios investigados por el supuesto pago de comisiones. La mayoría de las cinco concesiones bajo sospecha fueron concedidas a Acciona, que ha abierto una investigación y ha despedido a dos responsables. Este viernes están citados a declarar los hermanos Antonio y Daniel Fernández Menéndez, que son responsables de la constructora Obras Públicas y Regadíos (OPR), a la cual entre 2018 y 2021 se le adjudicaron contratos bajo sospecha.
Y, el próximo lunes, el magistrado ha citado a declarar Fernando Agustín Merino Vera, responsable de Acciona de la zona de Navarra y La Rioja, que la constructora despidió al saber su supuesta implicación. La Guardia Civil vincula contactos de Meriono con Koldo García el diciembre de 2015. Finalmente, el lunes también está citado a declarar Joseba Antxon Alonso Egurrola, titular de Servinabar 2000, que ya negó que Cerdán tuviera parte, a pesar de que la Guardia Civil encontró un contrato privado.