José Luis Ábalos continuará en libertad. Después de acogerse a su derecho a no declarar en la cuarta vez que ha sido citado en el Tribunal Supremo, el juez Leopoldo Puente, aunque considera que “persisten sólidos indicios de criminalidad” y señala que Ábalos no ha aportado ninguna “explicación razonable” para justificar la existencia de los ingresos por “razones distintas de las se le atribuyen”, ha rechazado enviarlo a prisión. Y ha optado por mantener las mismas medidas cautelares que le impuso el pasado mes febrero (y que confirmó en junio): prohibición de salir del Estado y comparecencias quincenales en los juzgados. El magistrado hace “propios” los razonamientos del fiscal Alejandro Luzón y comparte que “concurre un riesgo cierto, aunque no lo suficientemente intenso, de que pudiera sustraerse a la acción de la justicia”. Además, admite que el riesgo de que se fugue es “creciente” conforme el “conjunto de indicios de la posible comisión de graves delitos, sancionados con penas privativas de libertad muy significativas, se robustece” y conforme “se aproxima la fecha de celebración del juicio oral”. Y advierte que esto podría suponer la adopción de “medidas cautelares más gravosas” en el futuro.
📝 Ábalos se acoge al derecho a no declarar ante el juez y la Fiscalía no pide prisión
La decisión de Leopoldo Puente ha llegado después tres horas de espera e incertidumbre. Primero, durante cuarenta minutos, se ha celebrado la declaración de Ábalos y la vistilla sobre las medidas cautelares. El exsecretario de Organización del PSOE y exministro de Transportes ha guardado silencio, las acusaciones populares (lideradas por el PP) han vuelto a pedir la prisión preventiva incondicional alegando que existe riesgo de fuga y de destrucción de pruebas (alternativamente, han solicitado prisión con una fianza de 650.000 euros) y la Fiscalía Anticorrupción (a diferencia de lo que defendió con Santos Cerdán) ha evitado pedir prisión. Ha reconocido que existe cierto riesgo de fuga, pero ha esgrimido que Ábalos es diputado en el Congreso y tiene arraigo en España. Después de ello, los abogados de las acusaciones se han ido y Ábalos se ha quedado en el Supremo esperando la decisión del juez. Finalmente, ha esquivado la amenaza de prisión que sobrevolaba en las últimas horas y ha cogido un taxi de vuelta al Congreso.
En el auto, de nueve páginas, Leopoldo Puente intenta hacer equilibrios entre la posición de las acusaciones populares y de la Fiscalía. Esgrime que no considera que se da ninguno de los requisitos para decretar una prisión provisional (que haya riesgo de fuga, de destrucción de pruebas o de reiteración delictiva), aunque reconoce el “destacado esfuerzo argumental” del abogado del Partido Popular para justificar lo contrario. En paralelo, reconoce que es verdad que Ábalos “ha podido disponer de cantidades importantes de dinero opaco, tal vez en metálico, tal vez depositados en cuentas de terceros que hasta el momento no han sido halladas, así como de ciertos contactos y vínculos internacionales”, pero recalca que este riesgo se ha “conjurado” hasta ahora con las medidas cautelares vigentes que “han sido rigurosamente observadas” por Ábalos. También recuerda que está investigado por los presuntos delitos de pertenencia a organización criminal, tráfico de influencias y cohecho, y se inclina por “ponderar también la posible existencia de un delito de malversación de fondos públicos”.
El juez comparte el “estupor” por el hecho de que Ábalos continúe siendo diputado
Al final del auto, Leopoldo Puente aprovecha para hacer una “reflexión” en voz alta. “Este instructor no es ajeno al natural estupor que produce que una persona, frente a la que gravitan tan consistentes indicios de la eventual comisión de muy graves delitos, estrechamente relacionados con el viciado ejercicio de la función pública, pueda mantenerse ejerciendo a la vez las altas funciones que corresponden a un miembro del Congreso de los Diputados”, arguye.
Y parece que pone una propuesta encima de la mesa: “El derecho constitucional a la presunción de inocencia no sería obstáculo, necesariamente, para que pudiera articularse por ley algún mecanismo apto para impedirlo”. Además, recuerda que el Reglamento del Congreso prevé una vía para suspender a un diputado (entre otros requisitos, hay el de estar en prisión preventiva), pero subraya que él no podría acordarla “ignorando las exigencias legales” con el “indebido propósito de colmar las exigencias” del Reglamento para que se le pudiera suspender.
“Podrían haber obtenido ilícitos rendimientos económicos a cambio de la indebida adjudicación de obras públicas”
Asimismo, el juez reitera que el último informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil, que detectó 95.000 euros en ingresos en efectivo sin justificación bancaria, entre los que había 20.000 euros de gastos “personales” con cargo a una “fuente de ingresos no declarada”, incrementa la “existencia y robustez” de los indicios y pone de relieve que Ábalos “sin hacer uso de cantidad alguna en metálico procedente de sus cuentas bancarias durante varios años efectuó significativos ingresos en metálico en esas mismas cuentas”. Además, destaca la existencia de “muy estrechos vínculos” entre los patrimonios de Ábalos y de Koldo García, que “habría venido asumiendo con su propio patrimonio muy significativos gastos cuyo abono correspondía a Ábalos”.
Además, el juez señala que él y Koldo “podrían haber obtenido ilícitos rendimientos económicos a cambio de la indebida adjudicación de obras públicas” cuando Ábalos era ministro de Transportes, “concertados con terceras personas para este fin”, en alusión a Santos Cerdán. Y recuerda las grabaciones de Koldo García: “Entre dichos indicios, destaca particularmente el resultado de los archivos de audio que obran en las actuaciones y que, aparentemente, justificarían la existencia de las mencionadas operaciones”. En la lista de indicios, el juez menciona tres inmuebles vinculados a Ábalos de “forma directa o indirecta” que “vienen siempre a presentar como denominador común la continua presencia” de Víctor de Aldama, “beneficiado por las comisiones generadas como consecuencia de las adjudicaciones” de entidades dependientes o vinculadas al Ministerio de Transportes.
“Fraude habría sido renunciar al acta de diputado”
Al inicio de la declaración, ha habido un rifirrafe entre José Luis Ábalos y Leopoldo Puente que se ha alargado unos cinco minutos. Según relatan fuentes jurídicas a ElNacional.cat, el juez quería saber si él declararía y Ábalos, para justificarse, quería exponer que no tenía asistencia letrada y que estaba “indefenso”. El magistrado le ha tenido que decir tres o cuatro veces que no le interrumpiera. “No hemos venido a intercambiar opiniones porque esto no es el Congreso”, le ha llegado a espetar. Ábalos ha alegado que “fraude habría sido renunciar al acta de diputado” y ha subrayado que no lo ha hecho.
La cita ha llegado después de que haya roto con su abogado, José Aníbal Álvarez, fruto de las “diferencias irreconciliables” que ha habido en los últimos meses. “Se ha producido un deterioro irreversible de lo que debería ser una relación basada en la confianza”, argumentó cuando renunció a él. Al día siguiente, solicitó un abogado de oficio al Supremo para que le pudiera asistir en la declaración de hoy y “cumplir con la comparecencia”. Sin embargo, posteriormente, el juez rechazó la “intempestiva” renuncia de Ábalos argumentando que había cometido un “fraude de ley” y le acusó de haber tenido una “conducta dilatoria” con el “propósito encaminado llana y simplemente a entorpecer o perturbar el normal desarrollo del procedimiento”.