El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el Real Decreto que regula, por primera vez, el uso terapéutico del cannabis en el Estado español. La norma permitirá que determinados pacientes puedan acceder a fórmulas magistrales elaboradas con derivados estandarizados de la planta, siempre bajo prescripción médica especializada y dispensación hospitalaria. Según el Ministerio de Sanidad, la medida responde a una demanda histórica de pacientes y profesionales de la salud que reclamaban una alternativa en aquellos casos donde los tratamientos convencionales resultan insuficientes.
¿Qué pacientes podrán hacer uso de él?
El cannabis medicinal ha demostrado eficacia en situaciones concretas, como la espasticidad asociada a la esclerosis múltiple, algunas formas graves de epilepsia refractaria, las náuseas y vómitos derivados de la quimioterapia y el dolor crónico refractario. Sin embargo, el decreto no establece un listado cerrado de enfermedades. Será la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) quien determine, en un plazo de tres meses, las indicaciones clínicas concretas mediante monografías oficiales. Este mecanismo permitirá ampliar o actualizar las condiciones de uso a medida que la ciencia aporte nuevas pruebas.
Prescripción limitada y control estricto
Solo los médicos especialistas en las patologías indicadas podrán recetar estos preparados, y deberán justificarlo en la historia clínica del paciente. Las fórmulas magistrales se elaborarán únicamente en servicios de farmacia hospitalaria autorizados, garantizando su trazabilidad, seguridad y dosificación adecuada. Además, se establecerá un registro público donde se inscribirán todos los productos estandarizados utilizados para su preparación. Los laboratorios tendrán la obligación de documentar y auditar la cadena de suministro, especialmente en aquellos compuestos con más de un 0,2% de THC, que estarán sometidos a una fiscalización adicional. El seguimiento clínico del tratamiento será compartido entre el médico prescriptor y el servicio de farmacia hospitalaria, con revisiones periódicas sobre la eficacia y posibles efectos adversos. En casos excepcionales de vulnerabilidad o dificultades geográficas, las comunidades autónomas podrán establecer mecanismos de dispensación no presencial.
Una aplicación progresiva
Según la experiencia de otros países como Israel o Canadá, entre el 0,6% y el 0,7% de la población hace uso del cannabis con finalidad médica. Si estas cifras se trasladaran al Estado español, podrían ser más de 300.000 pacientes, aunque el gobierno español advierte que la AEMPS será estricta en la delimitación de casos. La ministra de Sanidad, Mónica García, ha subrayado que se trata de una medida “rigurosa y basada en la evidencia científica”, que ofrece una nueva vía terapéutica, pero en un entorno muy restringido y vigilado. El decreto entrará en vigor una vez se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE).