“Planteando deficientemente el recurso desde la óptica técnica y sobre una exégesis irrazonable de lo reconocido por la defensa, es imposible su acogida”. David Sánchez sale a la carga contra una nueva petición de las acusaciones populares de que la jueza de Badajoz le retire el pasaporte para evitar que viaje a Japón. Hace tres días, la jueza que ha enviado a juicio al hermano de Pedro Sánchez por prevaricación y tráfico de influencias confirmó su decisión de no retirarle el pasaporte después de que se lo solicitaran las acusaciones populares (lideradas por Manos Limpias e integradas por Hazte Oír, Abogados Cristianos, Liberum, Iustitia Europa, Vox y el PP) en saber que había conseguido un visado de “reencuentro familiar” para viajar a Japón, donde están su mujer y su hija. Él contestó que “no tiene previsto” irse a vivir a Japón más allá de viajes de verano y la jueza decidió no actuar al constatar que no había “cambio de las circunstancias relativas a su domicilio con respecto a las que constan en el procedimiento”. Descontentas con su decisión, las acusaciones populares presentaron un recurso de reforma pidiendo a Beatriz Biedma que se lo replanteara. Y la réplica de David Sánchez ha sido muy crítica con ellas.

📝 La juez confirma la negativa a retirar el pasaporte al hermano de Sánchez

📝 El hermano de Sánchez informa que “no tiene previsto” irse a vivir a Japón (más allá de viajes de verano)

 

En un escrito, al que ha tenido acceso ElNacional.cat, la defensa de David Sánchez reprocha a las acusaciones que concluir que el hermano del presidente español quiere “abandonar definitivamente el territorio ibérico para eludir la acción de la justicia” es una “auténtica invención refractaria al sentido de las palabras usadas” por su abogado. “Se sigue sin aportar ni un solo signo que avale esa solicitud de medida cautelar, manteniendo abierto el incidente con fines extraños a la causa”, les recrimina. Asimismo, recuerda e insiste que David Sánchez tiene su residencia en Portugal, aunque las acusaciones “se empeñan en situarla ahora en España”. “¿No se acuerdan de sus infundadas imputaciones de fraude fiscal basadas en esa coyuntura geográfica? ¿Mala memoria o uso fraudulento y espurio de los datos procesales para tratar de inducir a error a los intervinientes en estas diligencias previas?”, se pregunta.

Finalmente, en el documento, su abogado denuncia que las acusaciones “se separan sin rubor” de lo que la defensa de David Sánchez ha trasladado. “[Sostienen] que nuestro defendido ‘relata su clara voluntad de abandonar el territorio de España y de la UE’ (¿?). Hemos vuelto a repasar lo que se ponía en conocimiento de este órgano jurisdiccional y no comprendemos cómo es posible que se llegue a esta conclusión”, les lanza. “Nunca es recomendable que una parte falte a la verdad en los términos transcritos”, remacha.

“Durante meses, no sabremos si realmente está a disposición del tribunal”

Concretamente, en el escrito que remitió a la jueza hace unos días, y que fue la base para desestimar la medida cautelar, los abogados de David Sánchez hacían la siguiente argumentación: “Consideramos que la estancia en otros destinos durante el amplio periodo estival no constituye un cambio sustancial de las circunstancias afectantes a su sujeción efectiva a la administración de justicia”. Ahora bien, según las acusaciones, esto es “tanto como decir que puede que durante el verano se marche de forma amplia del Reino de España y de la Unión Europea y que considera que ello no es un cambio de domicilio”. Su réplica es reconocer que “pasar dos o tres de meses de vacaciones fuera de su domicilio habitual no es cambiar de residencia legalmente”, pero advertir que “sí que supone estar durante mucho tiempo fuera del poder directo del tribunal”.

Ante esta realidad, en un escrito consultado por ElNacional.cat, consideran que la retirada del pasaporte es “claramente necesaria”. Si no, piden, por lo menos, fijar una fianza de 70.000 euros, “sin perjuicio de su derecho a solicitar al tribunal la autorización para determinadas salidas de la Unión Europea para determinados fines justificados”. “No hacerlo así, supone que durante meses no sabremos si realmente este señor está a disposición del tribunal o no, siendo por ello imprescindible la medida solicitada”, remacha el escrito.