Las cuestiones prejudiciales que el juez Pablo Llarena planteó al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre las euroórdenes se acercan al final del proceso y a la concreción de una respuesta. Este jueves el Abogado General expondrá sus conclusiones al respeto. Y la experiencia en Luxemburgo demuestra que la voz del Abogado General acostumbra a tener mucho peso en el Tribunal de Justicia. Llarena presentó sus cuestiones después de que Bélgica se negó a extraditar al conseller Lluís Puig. El juez pidió al Tribunal que se pronunciara sobre esta negativa y sobre el alcance de la euroorden. La respuesta del tribunal será clave para la situación de los exiliados.

Desde el momento en que Llarena planteó sus preguntas al TJUE, las euroórdenes contra los políticos independentistas exiliados quedaron paralizadas. Esta fue la razón que esgrimió la justicia de Sassari para dejar libre al president Carles Puigdemont cuando el septiembre pasado fue detenido en El Alguer, aunque desde el Supremo se insistió en que las órdenes de detención seguían vigentes.

Siete cuestiones

El procedimiento de las prejudiciales empezó hace más de un años, después de que la justicia belga rechazó entregar a Lluís Puig a España por considerar que el Supremo no era el tribunal competente para juzgarlo y con el argumento de que existía un riesgo de vulneración de la presunción de inocencia, a la vista de las declaraciones públicas de jueces y magistrados del Supremo contra los políticos exiliados. Ante este rechazo Llarena presentó siete cuestiones prejudiciales al TJUE en que pedía aclarar si un país puede negarse a atender una euroorden apelando al propio derecho nacional, y al margen de lo que marca la decisión marco del Consejo relativa a la orden de detención europea y el procedimiento de entrega.

Llarena pedía, entre otros puntos, conocer qué "elementos exige el derecho de la Unión para que un Estado miembro pueda concluir que en otro Estado miembro existe riesgo de violación de los derechos fundamentales", como ha señalado Bélgica para denegar la extradición de Puig a España; o cómo se puede concluir que el Tribunal Supremo no es competente, sin solicitar "la información complementaria específica que condicione esta decisión".

La última cuestión que plantea el juez es si la decisión marco sobre la euroodre se opone a que el Supremo "emita una nueva euroorden contra la misma persona y el mismo estado miembro".

Siete horas de vista

El pasado mes de abril el TJUE celebró la vista, de más de siete horas, sobre estas cuestiones en que las partes defendieron su posicionamiento y donde intervinieron, además de los abogados de los exiliados, el abogado del Estado, la Fiscalía española, la Comisión Europea, el Reino de Bélgica y Vox.

La competencia del Supremo para juzgar a Puig fue uno de los puntos que se abordó, dado que su abogado, Gonzalo Boye, esgrimió el derecho al juez predeterminado por ley para denunciar que el Supremo no era el tribunal a quien correspondía juzgar el caso del conseller. Igualmente, las intervenciones abordaron el debate sobre si para denegar una euroorden había que acreditar una deficiencia generalizada del sistema judicial español, como reclamó la Comisión, o si es suficiente con la existencia de un riesgo contra un grupo concreto, como defendieron los abogados de los exiliados.

El pasado mes de febrero el TJUE ya se tuvo que pronunciar sobre las euroórdenes a raíz de una cuestión prejudicial presentada por la justicia holandesa sobre la entrega a Polonia de dos ciudadanos de aquel país. En aquella sentencia, el tribunal de Luxemburgo determinó que las euroórdenes tienen que tener en cuenta la situación de la persona afectada, la naturaleza del delito por el cual se le persigue y la imparcialidad del tribunal que tiene que ver la causa.