La Justicia europea da la razón a Carles Puigdemont y revoca la decisión del Parlamento Europeo de retirarle la inmunidad de la que goza como eurodiputado. Una decisión que la Eurocámara tomó en 2021 a petición del Tribunal Supremo español para que pudiera ser juzgado en España por los hechos de 1 de Octubre de 2017 y que ahora el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha tumbado. El alto tribunal con sede en Luxemburgo da así la razón a Puigdemont, Toni Comín y Clara Ponsatí, eurodiputados de Juntos la anterior legislatura (2019-2024), y contradice la opinión del abogado general del TJUE Maciej Szpunar, que el septiembre pasado avaló que la Eurocámara retirara la protección parlamentaria. Así, el tribunal considera en una sentencia conocida este jueves que el ponente de los suplicatorios —el proceso para retirarles la inmunidad— podría percibirse como no imparcial, un requisito necesario.
El TJUE señala en la sentencia que el Parlamento Europeo tiene la regla que el ponente del suplicatorio de la suspensión de la inmunidad de un eurodiputado tiene que ser imparcial: no puede pertenecer al mismo grupo político que el diputado afectado ni tampoco del grupo parlamentario que promueve el proceso. En este caso, fue Angel Dzhambazki, eurodiputado búlgaro que pertenece al mismo grupo en la Eurocámara que Vox, lo cual, según señala el TJUE, no cumple el requisito de imparcialidad, dado que el partido de extrema derecha español promovió el proceso legal contra Puigdemont en España —y fue acusación popular en el juicio del Procés a los dirigentes independentistas que han sido juzgados y condenados—.
El suplicatorio contra los tres eurodiputados de Junts comenzó en la Eurocámara en noviembre de 2020, con una composición que los juntaires ya denunciaron entonces como “viciada”. El motivo principal es que la figura del ponente recayó en el Grupo Conservador y Reformista Europeo, en el que estaba encuadrado Vox. En concreto, recayó la responsabilidad sobre el búlgaro Angel Dzhambazki. Circunstancia que, a juicio de los líderes independentistas, cuestionaba la neutralidad del proceso. Además, denunciaron que según el reglamento europeo, no se puede suspender la inmunidad de un diputado si la intención subyacente en el procedimiento judicial es "perjudicar la actividad política del diputado".
Todo remite a la situación penal de Puigdemont, Comín y Ponsatí, procesados desde marzo de 2018 por parte del Tribunal Supremo español acusados de los presuntos delitos de rebelión y malversación de caudales públicos por el referéndum y la declaración de independencia de octubre de 2017. Tenían órdenes de detención para ser juzgados cuando en 2019 los tres fueron elegidos eurodiputados en las elecciones al Parlamento Europeo de mayo. Entonces, el Supremo solicitó a la Eurocámara que suspendiera su inmunidad parlamentaria, a lo que la cámara legislativa comunitaria accedió en marzo de 2021. Puigdemont y los exconsejeros presentaron un recurso al Tribunal General de la Unión Europea pidiendo que anulara la decisión, si bien este lo desestimó en 2023. Así, los juntaires recurrieron al TJUE, que ahora dicta a su favor. A efectos prácticos, sin embargo, la decisión del tribunal de Luxemburgo tiene poco recorrido, porque los demandantes ya no son eurodiputados —en el caso de Comín porque no puede tomar su escaño—.
Llarena mantiene las órdenes de detención por malversación
Ahora mismo, ninguno de los tres políticos es eurodiputado. El juez instructor del Supremo Pablo Llarena se ha negado a aplicar la amnistía a Puigdemont y Comín manteniendo las órdenes de detención nacionales contra ellos por malversación. Aunque continúan viviendo en Bélgica, Llarena todavía no ha reactivado las euroórdenes. Ponsatí volvió a Catalunya en marzo de 2023 a raíz de la derogación del delito de sedición. Como solo quedaba la acusación de desobediencia, ya no se exponía a entrar en prisión. La fiscalía quiere que se le aplique la amnistía, pero la exconsellera continúa pendiente de juicio. Sea como sea, Puigdemont y Ponsatí ya no son eurodiputados y, por lo tanto, la decisión del TJUE sobre el caso del suplicatorio no tiene implicaciones en su situación judicial actual. En el caso de Comín, fue elegido de nuevo diputado en las elecciones europeas del 2024, pero la Eurocámara no lo reconoce como tal porque no ha jurado la Constitución. Desde el TJUE han insistido a Comín en que debe seguir la vía judicial interna en España para refutar esta negativa e intentar conseguir el escaño en la Eurocámara.
