El Tribunal Constitucional (TC) ha anulado el decreto ley que el Govern aprobó el año 2020 para frenar los desahucios de personas vulnerables mientras duraba el estado de alarma a causa de la pandemia. El decreto obligaba a los grandes tenedores de vivienda a acreditar que habían ofrecido un alquiler social al inquilino antes de instar al desalojo. Según fuentes del TC, el pleno ha estimado el recurso que presentó el Govern contra este decreto ley, por entender que invadía competencias del Estado en materia de legislación procesal, y ha declarado inconstitucionales los tres artículos que integraban la normativa impugnada.
La anulación de este decreto, que pretendía proteger el derecho a la vivienda durante la pandemia del coronavirus, llega un día después de que el Parlament haya aprobado una nueva ley que también incluye la obligación de los grandes tenedores de ofrecer alquileres sociales antes de promover un desahucio por la vía judicial. La ley aprobada este miércoles con los votos a favor de ERC, JxCat, CUP, Comuns y PSC-Units, busca enmendar los errores de forma que señaló el Tribunal Constitucional cuando anuló una normativa sobre vivienda que el Govern había aprobado en el 2019, al entender que no podían imponerse mides "coactivas" a los propietarios de viviendas.
El decreto que hoy ha anulado el Constitucional pretendía reforzar esta primera normativa del 2019, mediante la inclusión de medidas para impedir los desahucios de las personas y familias vulnerables durante la pandemia. Por eso, se consideraba vulnerables a las personas que antes de junio del 2019 vivieran en un piso sin título habilitante, a los que hubieran finalizado un contrato de alquiler con un gran tenedor y a los que tuvieran dificultades para pagar las cuotas hipotecarias.
Parar desahucios en tiempo de covid
El pasado noviembre de 2020, el Govern, a través de un decreto, pretendía evitar los desahucios de personas o familias en situación de vulnerabilidad durante el tiempo que durara el periodo de estado de alarma originado por la crisis sanitaria de la covid-19. La suspensión de los desahucios se tenía que producir en caso de que los propietarios de las viviendas fueran grandes tenedores o entidades bancarias hasta que estos ofrecieran un alquiler social a los afectados. El decreto aprobado por el Govern también incluía supuestos de suspensión transitoria de los desahucios de familias de pisos ocupados.
Concretamente, en el decreto el Govern considera como vulnerables las familias en situación de vulnerabilidad acreditada ya antes de la pandemia de la covid-19, las que ocupan un piso donde viven desde antes de junio de los 2019 sin título habilidad. También los casos de extinción de contrato de alquiler con un gran tenedor y las personas vulnerables con dificultad para pagar las cuotas hipotecarias.