Después de aprobarse el tratamiento con ozono en un paciente con coronavirus, ahora, marcha atrás. El juzgado del contencioso administrativo número 6 de Barcelona ha revertido este jueves el sentido de las medidas cautelarísimas con relación al tratamiento con ozonoterapia, que el viernes pasado autorizó por la vía de urgencia. La jueza titular "discrepa respetuosamente" de la decisión que tomó la sustituta y considera que faltan "los presupuestos necesarios" para acceder a la medida cautelar. Después de recibir el informe médico forense el 31 de agosto y el de la Fiscalía el 1 de septiembre, concluye que "no hay evidencia científica en la actualidad que el tratamiento en cuestión pueda aportar beneficios para la curación" del paciente, según ha informado la ACN. Por eso pide que se siga el tratamiento farmacológico establecido
El padre del paciente pidió el tratamiento con ozonoterapia y aportó informes y estudios médicos que sostenían que este tratamiento es una alternativa viable para intentar salvar la vida del paciente. El auto señala que el 29 de agosto el estado del paciente mejoró, a pesar de seguir en peligro, y que la doctora decidió no aplicarle el ozonoterapia.
Salut y la EMA, en contra
La jueza esgrime los argumentos del Departamento de Salut sobre la falta de evidencia científica de utilidad del tratamiento y de la Agencia Española del Medicamento y el Ministerio de Sanidad en el mismo sentido.
La ACN recoge que el informe concluye que el hospital no tiene que aplicar el tratamiento de ozonoterapia al paciente. "El proceso asistencial legítimamente previsto y ofrecido a los pacientes que se encuentran en esta situación de acuerdo con los protocolos de actuación establecidos, tiene que primar sobre el particular deseo de los familiares de aplicar una terapia no autorizada con una eficacia y seguridad que no ha sido avalada científicamente, un deseo comprensible, pero que no se puede sobreponer a los intereses generales", concluye.
El Col·legi de Metges también lo criticó
El Consell de Col·legis de Metges de Catalunya (CCMC) y la Acadèmia de Ciències Mèdiques i de la Salut de Catalunya i Balears (ACMSCB) criticaron la semana pasada la autorización judicial de tratamiento con ozonoterapia a un paciente infectado por SARS-CoV-2.
Así, expusieron que la medida es contraria a los protocolos, a las recomendaciones terapéuticas y a la legislación en relación con el uso compasivo de tratamientos con medicamentos. Los profesionales reclaman un diálogo "sereno, riguroso y constructivo" y se ofrecen en los órganos judiciales para "mejorar la seguridad jurídica de los profesionales" y para "velar por el máximo con respecto a los derechos de las personas".
El juzgado de Barcelona que autorizó el tratamiento se justificó porque los otros tratamientos no han funcionado.
Imagen principal: monitor de las constantes vitales / Carlos Baglietto