Unitat d'Aran (UA) ha manifestado este martes su desacuerdo con la sentencia del Tribunal Constitucional que suspende el tratamiento ''de uso preferente'' del aranés en la Vall d'Aran desde el 2010. La formación política filial del PSC considera que el uso de este término no tendría que ser considerado en detrimento del resto de lenguas oficiales, ''que son claramente predominantes'', sino todo al contrario, que tendría que ser un ''incentivo para la lengua minorizada''.

UA cree que esta sentencia no tendría que desvirtuar el conjunto del marco legislativo de la Ley del Aranés, así como los preceptos de la Ley de Aran o del propio Estatut con respecto al aranés ya que todos ellos continúan vigentes. La formación reclama, una vez más, el despliegue conjunto de estas leyes (la de Aran y la del aranés) por parte de la Generalitat y también hace especial incidencia en la falta de financiación que llega del Govern para el aranés ya que actualmente sólo se cuenta con un presupuesto de 60.000 euros anuales, ''mientras que se destinan unos 40 millones de euros por el conjunto de la política lingüística en Catalunya''.

Apoyo a las lenguas minoritarias

Unitat d'Aran también reclama una política de Estado de apoyo a las lenguas minoritarias, así como marca la Carta Europea que el Estado español firmó en 1992. La formación quiere que el gobierno español preserve la diversidad lingüística del conjunto del Estado y se haga responsable de la ''protección de esta diversidad, que es un patrimonio de todos,''.

El Tribunal Constitucional ha estimado parcialmente el recurso de inconstitucionalidad presentado por el gobierno español de José Luis Rodríguez Zapatero el año 2011 contra varios preceptos de la Ley del Occitano, aranés en el Aran, aprobado por el Parlament. Concretamente, declara nulo el uso "preferente" del aranés por parte del Conselh Generau d'Aran, las administraciones locales que dependen, los medios de comunicación públicos, la enseñanza y la toponimia, así como de la Generalitat y el Estado, recogido en varios artículos de la norma. La sentencia entiende que la atribución de preferente en los ámbitos referidos impone la "primacía" del aranés por encima del catalán y el castellano, también cooficiales en el territorio, una circunstancia que el alto tribunal argumenta que no es compatible con la Constitución.