Como estaba previsto, el Tribunal Constitucional ha incluido en el orden del día del primer pleno después del verano el debate sobre la admisión de trámite de los recursos de amparo que presentaron Carles Puigdemont, Toni Comín y Lluís Puig contra la decisión de Pablo Llarena y del Tribunal Supremo de no aplicarles la ley de amnistía y mantener en vigor las órdenes españolas de detención. Fue a finales de junio, la misma semana que el TC discutió y avaló la constitucionalidad de la norma del olvido penal, cuando el Supremo rechazó el último recurso del líder de Junts y le dio vía libre definitiva para recurrir al Constitucional. Tres semanas más tarde, su abogado, Gonzalo Boye, presentó el recurso de amparo y una petición de medidas cautelarísimas o cautelares. Y el 9 de septiembre el TC dará el primer paso. A estas alturas, según ha podido saber ElNacional.cat, la previsión es admitir a trámite los recursos y abrir una pieza separada para estudiar las medidas cautelares. Es la misma hoja de ruta que se ha seguido con los condenados al juicio del procés. Gonzalo Boye pedía al Constitucional que anule las órdenes de detención de Puigdemont y Comí y que ordene al Supremo que remita la causa al TSJC para que resuelva la aplicación de la amnistía. La ponente del recurso de Puigdemont es la progresista Laura Díez, mientras que los ponentes de los otros dos recursos son conservadores: Enrique Arnaldo del de Comín y César Tolosa del de Puig.

📝 Puigdemont reclama al TC una medida cautelarísima para suspender su orden de detención en España

 

Al recurso, al que tuvo acceso este medio, el abogado denunciaba dos vulneraciones de derechos fundamentales a Puigdemont y Comín: el derecho al juez ordinario predeterminado por la ley y el derecho a la tutela judicial efectiva. El abogado recordaba que el líder de Junts tiene acta de diputado en el Parlament y subrayaba que, tal como recoge el Estatut, el aforamiento es competencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) y no del Supremo. La segunda vulneración es que el Supremo ha mostrado su rebeldía para no aplicarles la norma del olvido penal aduciendo que se enriquecieron con el 1 de octubre. “Las dos cuestiones inciden en el núcleo del Estado de derecho, en los límites del poder judicial y en la protección efectiva enfrente de abusos jurisdiccionales”, subrayaba.

“El Tribunal Supremo no ha ejercido su función jurisdiccional conforme a derecho, sino que ha sustituido el legislador, ha marginado la voluntad popular catalana expresada en su Estatut y ha negado eficacia a una ley orgánica del Estado”, esgrimía el recurso de amparo. “Esta acumulación de roles institucionales concentrados en un órgano judicial rompe el equilibrio entre poderes propio del modelo democrático”, añadía. Gonzalo Boye lamentaba que el Supremo ha exhibido una “resistencia judicial a la aplicación de una ley democrática, el contenido de la cual es sustituido por criterios jurisprudenciales que eluden su cumplimiento” y reprobaba una “interpretación extensiva y sin apoyo legal” de la norma para “justificar restricciones a derechos fundamentales como la libertad, la igualdad y la participación política”.

Por su lado, Lluís Puig también pidió al Constitucional que acuerde la medida cautelar de suspender la orden de detención. En el recurso de amparo, el abogado Jaume Alonso-Cuevillas razonaba que el Supremo le ha vulnerado tres derechos fundamentales: el derecho a un juez predeterminado por ley (dado que el competente es el TSJC por su condición de diputado), la tutela judicial efectiva por no recoger correctamente los hechos que se le imputan y la vulneración de la legalidad penal por la “clara resistencia” de Pablo Llarena a aplicarle la amnistía. Su defensa recordaba que el exconseller de Cultura está investigado por haber autorizado un pago en la empresa Unipost para repartir las notificaciones a los miembros de las mesas electorales del 1-O: fue una partida de 196.696 euros que al final no se pagó. Las sucursales de la empresa estaban en Terrassa y Manresa y, por lo tanto, el Supremo no tiene ninguna competencia para investigarlo o juzgarlo.

El TC tiene encima de la mesa los recursos de amparo de Junqueras, Turull, Romeva y Bassa

El Constitucional está estudiando otros recursos de amparo. En febrero admitió a trámite el de los exconsellers de ERC (Oriol Junqueras, Dolors Bassa y Raül Romeva), defendidos por Andreu Van de Eynde, y en abril aceptó el de Jordi Turull, representado por Jordi Pina. Ahora tiene que anaizar el fondo. Los cuatro piden que se levante su inhabilitación por el delito de malversación, que está en vigor hasta 2030 o 2031. Cuando superaron el primer filtro, el Constitucional apreció que concurre una “especial trascendencia constitucional” porque los asuntos suscitados “trascienden del caso concreto”, dado que puede tener unas “consecuencias políticas generales”. Asimismo, abrió piezas separadas sobre las medidas cautelares y todavía no ha tomado una decisión sobre ellas. De momento, la Fiscalía es partidaria de rechazarlas aduciendo que no hay elecciones a la vista y que, por lo tanto, no se produce “ningún perjuicio o daño irreparable”.