Espionaje impune. La Audiencia de Valencia ha rechazado reabrir la querella presentada por dos activistas del movimiento social valenciano contra el agente de la policía española infiltrado, que actuaba bajo el nombre falso de Ramón Martínez Hernàndez. El titular del juzgado de instrucción 21 de Valencia la archivó y ahora la sección segunda de la Audiencia de Valencia lo ratifica, según ha denunciado este lunes, la formación Alerta Solidària, que lleva la acción jurídica de este caso. Las activistas, que tuvieron relaciones afectivas con el agente, lo acusan de los delitos contra la integridad moral, lesiones psicológicas y por revelación de secretos; y se denuncia “la instrumentalización y cosificación” de las dos activistas.
El agente estuvo 18 meses infiltrado en las entidades del País Valencià. Alerta Solidària denuncia que “estuvo diez meses más con contactos e interacciones vía teléfono móvil, mientras el sistema judicial español insiste en minimizar las secuelas que aún sufren algunas de las afectadas”.
Sin afectación
En la interlocutoria, la Audiencia de Valencia manifiesta que "la actuación de un agente infiltrado puede suponer una injerencia en el ámbito del derecho a la intimidad de las personas con las que contacta para atender fines investigativos -que, en función de los casos, serán más o menos legítimos y ampararán o no la proporcionalidad de sacrificar derechos fundamentales". Sin embargo, añade que "lo relevante para decidir si procede o no admitir a trámite la querella no es analizar la legalidad de la actuación policial, sino si los hechos objeto de la querella reúnen elementos penalmente típicos."
En este caso, el tribunal concluye que “el daño que se alega que sufrieron las querellantes a consecuencia de los hechos, estuvo vinculado a la revelación de la infiltración y no a la misma actividad de simulación que pudiera haber desarrollado el agente para conseguir sus propósitos”, según la resolución a la cual ha tenido acceso ElNacional.cat. Además, niega que en el relato de hechos se desprenda que hayan sufrido lesiones psicológicas o se hayan filtrado sus datos personales.
Así, el tribunal niega que haya indicios de daños psicológicos ni de revelación de secretos porque "no se identifica a qué concretos contenidos accedió el denunciado que, por sus características, cupiera calificar de secretos, ni cómo cabe subsumir lo que se le atribuye en la querella en alguna de las conductas típicas de los delitos contra la intimidad".
Espionaje político
En un comunicado, Alerta Solidària insiste en denunciar "la ilegitimidad e ilegalidad de la operación con finalidades de exclusivo espionaje político contra el enemigo interno". La formación añade: "La infiltración de Valencia, como las otras descubiertas en otros puntos de los Países Catalanes (Barcelona, Girona y Lleida), responden a un patrón común de promociones policiales, métodos e intereses que conforman un entramado destinado al control social de entidades y personas que nada tienen que esconder y que su único delito es el de querer aportar su grano de arena a una sociedad más justa y más igualitaria."