La ley de amnistía es constitucional. Poco más de un año después de que entrara en vigor, el TC ha emitido el veredicto y ha concluido que la norma del olvido penal es compatible con la Carta Magna y respeta tanto la separación de poderes como el derecho a la igualdad ante la ley. A partir de este primer pronunciamiento, la amnistía tiene que continuar su camino, que tiene que desembocar, en los próximos meses, en nuevas sentencias. Es un punto y aparte, pero no es el punto final. Una causa necesaria, pero no suficiente. Y es que la sentencia del TC desestimando el grueso del recurso de inconstitucionalidad presentado por el PP no ha entrado a valorar a fondo la malversación, que es la vía que está utilizando el Tribunal Supremo para torpedear la ley y evitar aplicarla, entre otros, a Carles Puigdemont y Oriol Junqueras. La vía para que los líderes del procés consigan la amnistía plena y total que aprobó al legislador son los recursos de amparo que también tendrá que resolver el TC. Eso será a partir de septiembre.

📝 El TC avala la amnistía: es constitucional y respeta la separación de poderes y la igualdad ante la ley

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La sentencia sobre el recurso del PP servirá de guía para resolver el resto de carpetas que tiene y que tendrá encima de la mesa. El recurso del PP es el de cabecera porque es el más completo y aborda la globalidad de la ley. Después del verano, en otoño, el TC tendrá que pronunciarse sobre todas las otras impugnaciones que se han registrado y sobre las peticiones de los líderes del procés. Por una parte, tendrá los quince recursos de las comunidades autónomas (once de gobiernos del PP, tres de parlamentos y el del socialista Emiliano García-Page), las cuestiones de inconstitucionalidad (del Supremo y del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya) y los recursos de amparo. El primero a estudiar será el que presentaron las Cortes de Aragón.

¿Cómo queda la situación de Carles Puigdemont después de la sentencia?

La sentencia no permite que Carles Puigdemont pueda volver en libertad a Catalunya automáticamente. Fuentes conocedoras del Tribunal Supremo confirmaron hace un mes a ElNacional.cat que el magistrado Pablo Llarena no se siente concernido ni interpelado por la decisión relativa a la constitucionalidad de la ley, dado que su interpretación es que el caso del líder de Junts queda fuera de su perímetro. Por lo tanto, no tomará ninguna nueva decisión sobre su situación judicial y continuará en vigor la orden española de detención. La primera vez que se negó a aplicar la amnistía, Llarena argumentó que Puigdemont “endosó” los gastos de un “afán personal” a la Generalitat “sin que la iniciativa respondiera a la satisfacción de ningún interés público” para “no tener que atender ellos el coste inherente a sus iniciativas personales”. “Decidió cargar a los fondos públicos aportados por los contribuyentes el coste de unas iniciativas o apetencias personales [para] eludir sufragar sus deseos o afanes con detrimento de su fortuna personal”, remachó.

¿El Constitucional adoptará medidas cautelares?

El largo y tormentoso camino del líder de Junts para conseguir la amnistía superó ayer un nuevo capítulo. La Sala de lo penal del Supremo rechazó el incidente de nulidad que había presentado Gonzalo Boye y le dio vía libre para ir al Constitucional. Cuando presente el recurso de amparo, pedirá una medida cautelar que levante la orden de detención del líder de Junts que el Supremo mantiene en vigor en el Estado español. Este será el primer camino que podría permitir a Puigdemont volver en libertad a Catalunya hasta conseguir una amnistía completa, que llegará cuando el órgano de garantías dicte sentencia sobre su caso y se pronuncie sobre si la malversación que se le imputa es amnistiable. Esta mañana, en una entrevista en Catalunya Ràdio, Boye ha señalado que Puigdemont “volverá cuando se levanten las medidas cautelares”. Desde el exilio, Lluís Puig también pidió medidas cautelares: presentó el recurso de amparo hace un mes, pero el TC todavía no lo ha admitido a trámite y, por tanto, no ha tenido que estudiar su petición.

Los que también solicitaron medidas cautelares son los cuatro condenados por malversación en el juicio del procés. Cuando el TC admitió a trámite los recursos de Junqueras, Romeva y Bassa, decidió crear una pieza separada para analizar la medida cautelar. Ahora bien, tendrá palos en las ruedas. La Fiscalía se mostró contraria a levantar la inhabilitación antes de resolver el recurso alegando que, hoy por hoy, “no está convocado, ni próximo a convocarse” ningún proceso electoral y que, por tanto, no se produce “ningún perjuicio o daño irreparable” a su derecho de representación y participación política. “Nada excluye que [el Constitucional] se pueda pronunciar sobre el fondo del recurso de amparo de manera previa a la existencia de un proceso electoral”, subrayaba el escrito. Más tarde, el TC aceptó el recurso de Jordi Turull y no apreció una “urgencia excepcional” para suspender cautelarmente la resolución del Supremo.

¿Qué hará el Tribunal Supremo si finalmente el TC ordena amnistiar la malversación?

La esperanza de los líderes del procés es que cuando el Tribunal Constitucional resuelva sus recursos de amparo, ordene al Tribunal Supremo que, para respetar sus derechos fundamentales y en consonancia con la ley de amnistía, tiene que perdonar el delito de malversación. Ahora bien, el Alto Tribunal avisó hace nueve meses que no lo pondría tan fácil: amenazó con ir a Europa, cosa que alargaría y dificultaría todavía más la resolución de esta cuestión. “Una interpretación que estimara que el delito de malversación es amnistiable nos obligaría en el futuro a suscitar la cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea”, advirtió la Sala de lo Penal del Supremo cuando denegó por segunda vez la amnistía a los condenados al juicio del procés.

¿El TJUE se pronunciará sobre la malversación?

Sí. Por un lado, a raíz de la cuestión prejudicial que le planteó hace un año el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya. El TSJC suspendió el juicio a Josep Maria Jové, Lluís Salvadó y Natàlia Garriga para preguntar si amnistiar la malversación del 1-O choca con la lucha contra el fraude que afecta a los intereses financieros de la UE a través del Derecho Penal. El TSJC argumentó que la maniobra estaba justificada porque los intereses financieros de la UE “pueden verse expuestos o en peligro cuando un Estado incumple el mandato de adoptar las medidas necesarias para garantizar que no quede impune ninguna malversación intencionada de fondos públicos” y alegó que a la UE “no tiene que serle indiferente que se otorgue la impunidad a esta conducta, aunque recaiga solo sobre fondos nacionales del estado miembro”.

Por otro lado, y antes de eso, en el horizonte hay una fecha: el martes 15 de julio. Es cuando el TJUE hará dos vistas para analizar si la ley de amnistía vulnera o no el derecho europeo. Por la mañana, estudiará las cuestiones prejudiciales que planteó el Tribunal de Cuentas en el procedimiento contable que tiene abierto contra Artur Mas, Carles Puigdemont, Oriol Junqueras y una treintena de ex altos cargos acusados de hacer un gasto irregular de 3,4 millones de euros para la organización del 1-O y para la promoción de Catalunya en el exterior. En su escrito, la Comisión Europea descartó que se hayan afectado fondos de la UE con el 1-O y la Fiscalía pidió que se inadmita la consulta, esgrimiendo que la causa no afecta al derecho de la UE. Por la tarde, el TJUE analizará la prejudicial presentada por la Audiencia Nacional sobre si se puede aplicar la amnistía a los doce CDR de la operación Judas acusados de terrorismo.