Un juzgado ha declarado procedente el despido disciplinario de un conductor de ambulancia que se detenía a desayunar churros mientras realizaba servicios con pacientes en el interior del vehículo. La sentencia considera acreditado que su conducta supuso un incumplimiento grave de sus obligaciones laborales y un riesgo evidente para la seguridad, tanto de los usuarios como del propio servicio sanitario.
La empresa comenzó a detectar anomalías tras comprobar que el trabajador no activaba de forma reiterada el sistema de localización GPS de la ambulancia. A esta circunstancia se sumaron varias quejas de clientes, que alertaban de retrasos injustificados en la llegada al destino o a su domicilio, sin que existiera causa que los explicara.
Paradas no autorizadas y conducción temeraria
Tras una investigación, la compañía constató que el conductor realizaba paradas no autorizadas para desayunar churros, incluso durante trayectos con pacientes a bordo. Además, una vez retomaba la marcha, intentaba recuperar el tiempo perdido circulando a velocidades cercanas a los 140 kilómetros por hora, muy por encima de los límites permitidos y de los protocolos de seguridad exigidos en este tipo de servicios, poniendo en riesgo su vida, la del paciente y la del resto de personas que circulaban.
Estos hechos llevaron a la empresa a acordar el despido disciplinario con todo tipo de motivos a su favor. La compañía subrayó que la conducta era incompatible con la responsabilidad que exige un servicio de transporte sanitario, especialmente cuando se trata de traslados con personas enfermas o vulnerables. El trabajador recurrió el despido alegando que se trataba de una represalia por su condición de delegado de los trabajadores, y sostuvo que la empresa había actuado con ánimo sancionador por su actividad sindical. También negó que las paradas tuvieran relevancia suficiente para justificar la medida más grave.
La justicia descarta represalias sindicales
El juzgado ha rechazado los argumentos del empleado y concluye que no existe vulneración de derechos fundamentales ni indicios de persecución sindical. La sentencia destaca que la empresa aportó pruebas objetivas y coherentes sobre los hechos, incluyendo registros internos, quejas de usuarios y datos relativos al uso irregular del GPS.
El fallo subraya que detener una ambulancia en pleno servicio para fines personales, ocultar la localización del vehículo y circular a velocidad excesiva rompe la confianza esencial que debe regir en un servicio sanitario. De este modo, el tribunal considera que el despido fue proporcionado y ajustado a derecho, cerrando la puerta a cualquier nulidad o improcedencia. Así pues, la justicia respalda la decisión empresarial y deja claro que este tipo de conductas no tienen encaje en un servicio de emergencia.
