Se llaman E-Denuncia,en el caso de la Guardia Civil; Oficina Virtual de Denuncias, si hablamos de la Policía Nacional; o Denuncias por Internet si se trata de los Mossos d’Esquadra. Son servicios que están disponibles en la red hace meses y que, cíclicamente, publicitan los diferentes cuerpos de seguridad a través de sus redes sociales. La Benemérita, por ejemplo, lo ha hecho estos días, pero todos coinciden en una cosa: exigen, si se quiere que la denuncia que se presenta tenga validez jurídica, que el ciudadano se persone en el cuartel durante las horas siguientes.
Sólo para determinados hechos.
Según explica la Guardia Civil, su sistema sirve sólo para hacer denuncias sobre pérdidas y extravíos de documentos o hallazgo de los mismos y, también, para cuestiones tales como robos de vehículos y de efectos que se han dejado en el interior de los mismos, hurtos en los que no medie violencia y daños sin autores conocidos. Los Mossos d’Esquadra especifican igualmente en su web algo similar: en su caso, señalan que su sistema no es la vía adecuada para denunciar ningún hecho en el que haya mediado violencia física sobre personas o posibles delitos en los que la víctima esté en condiciones de identificar a los autores. La Policía Nacional es incluso más explícita, porque indica que su Oficina Virtual no es un canal adecuado si el hecho que se pretende denunciar se ha producido con violencia física o intimidación, si el autor del posible delito es conocido de la víctima o podría ser reconocido por ésta, si se tiene constancia de la existencia de eventuales testigos, si el delito se está cometiendo in fraganti o si los hechos tienen naturaleza violenta o sexual. Si el denunciante es menor, tampoco es un sistema válido.
Sistema de recogida de datos
En sí, los diferentes sistemas de denuncias virtuales no son más que aplicativos web más o menos bien desarrollados que permiten comunicar hechos concretos a un cuerpo de seguridad sin que el trámite, según todo indica, tenga más validez legal que la mera comunicación, ya que se explica bien claro en todos los casos que, para que la denuncia tenga validez legal. deberá ser ratificada posteriormente de forma presencial. En todo caso, sí que se indica también que, si los hechos que se comunican son falsos, los autores de la comunicación podrían ser perseguidos. ¿Ante qué estamos? ¿Ante un verdadero avance o, simplemente y en una época en la que casi todo se puede hacer con firma electrónica, ante un placebo que tranquiliza momentáneamente y poco más?