Cara y cruz. El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha avalado la muerte digna de Noelia, la joven de 24 años con una paraplejia, que desde el verano de 2024  tiene bloqueada su eutanasia, aprobada por el pleno de la Comisió de Garantia i Avaluació de la Generalitat, según una resolución comunicada este viernes por el gabinete de prensa del TSJC. No obstante, el tribunal también reconoce el derecho de su padre a presentar recursos de oposición. Y, eso  es lo que hará ahora el progenitor con el apoyo de Abogados Cristianos, según ha anunciado la misma entidad ultra. Es el último trámite, con un recurso de casación  ante el Tribunal Supremo.

Precisamente, el Supremo ya tiene sobre la mesa el recurso presentado por el abogado de la Generalitat contra una resolución anterior del TSJC, en la cual también daba la potestad a las familias a presentar recurso contra la eutanasia de una persona, a pesar de tener el visto bueno médico y profesional. La Generalitat defiende que hay que respetar la voluntad de la persona, si obtiene todos los permisos legales. Este recurso se refiere al caso de Francesc A., un hombre de 54 años que pidió  la muerte asistida con motivo de las graves secuelas de salud que sufre después de haber pasado por tres ictus y dos infartos desde el 2020.

 

Blindar la ley

La asociación Derecho a Morir Dignamente ha denunciado abiertamente que los jueces y tribunales no pueden bloquear eutanasias aprobadas y han reclamado cambios legislativos en la ley de la eutanasia, en vigor desde hace cuatro años, para blindar la voluntad de las personas.

Relación "cotidiana" padre e hija

En la resolución, el TSJC sostiene que el hecho que la ley de amnistía no recoja nada sobre la posibilidad que progenitores y familiares puedan intervenir en el procedimiento para pedir la ayuda a morir dignamente, no significa que no lo puedan hacer. Es una resolución administrativa, y como tal se tiene que poder recurrir, se indica.

En el caso de Noelia,  el tribunal afirma que no vive con su padre, pero que tienen "una relación cotidiana", puesto que él la va a ver casi cada día al centro hospitalario público donde reside. Y que la chica pidió que se informara del procedimiento a su padre. Con todo, nada dice la resolución que Noelia explicó a la magistrada de lo contencioso, en el primer juicio sobre la eutanasia, que mujeres de una entidad cristiana la visitaban para que cambiara de opinión. 

A la vez, el TSJC sostiene que el derecho en  la muerte digna es un derecho personalísimo, como defiende la Generalitat, y que no puede refutar los evidentes informes médicos y psicológicos de la chica, que precisan que su dolor es cada vez es mayor, que no es reversible -como sostiene el padre- y que ella tiene las capacidades intactas para decidir sobre su vida. Por todo esto, el TSJC da la razón al padre que puede presentar recurso contra la eutanasia de la hija, y que Noelia también tiene derecho a morir con dignidad.