La Justicia mantiene paralizada la muerte digna de Noelia, la joven de 24 años con una paraplejia, casi dos meses después de que la titular del juzgado del contencioso-administrativo 12 de Barcelona la aprobara. El padre de la chica, con el abogado José María Fernández de Abogados Cristianos (en la foto principal), presentó recurso contra la aprobación de la muerte asistida en el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), mientras la Fiscalía, al final, no se ha opuesto, después de escucharla y a los expertos que la validaron, en el primer juicio en el Estado español sobre la eutanasia. Ahora, el letrado de la Administración de Justicia de Catalunya del juzgado de Barcelona ha comunicado que la medida cautelar de suspender la eutanasia de Noèlia continúa "en vigor hasta que haya una sentencia firme". Resolución que ha difundido con satisfacción la entidad ultracatólica este jueves.
Así, Noelia espera desde hace 10 meses la muerte asistida que la Comisión de Garantía y Evaluación de Catalunya le aprobó el 18 de julio pasado, al comprobar que cumplía los requisitos legales: dolor físico, grave e irreversible y tener las capacidades cognitivas intactas. La magistrada suspendió de forma cautelar la muerte asistida de la chica, el agosto pasado, cuando a última hora el padre presentó recurso en contra.
Inicialmente, la Fiscalía también dio apoyo al padre, y quería la declaración de la chica y los médicos. Después del juicio, la Fiscalía aprobó la eutanasia de Noelia, como así hizo la magistrada, en primera instancia. En la resolución, se confirma la gravedad de la lesión de la chica, su firmeza a morir asistida, y que no tiene ninguna relación con la familia, y que es presionada por su entorno. Ahora, se espera la respuesta del TSJC.
Reclamación de la Generalitat
El abogado de la Generalitat, en representación de la Comisión de Garantía, preguntó al juzgado contencioso que aclarara si había dictado una nueva resolución por mantener o no la medida cautelar de frenar la eutanasia, tal como exige la ley porque con la sentencia que dictó, aprobándola, la primera medida cautelar decae, y hay que consultar de nuevo a las partes, según indica el abogado de la Generalitat.
La respuesta del juzgado ha sido de formulario. Y dice: "El escrito presentado por el Letrado de la Generalitat únase y estese al contenido del artículo 132 de la LRJC que dispone que las medidas cautelares estarán en vigor hasta que recaiga sentencia firme que ponga fin al procedimiento en el cual se hayan acordado, o hasta que este finalice por cualquiera de las causas previstas en esta Ley. No obstante, podrán ser modificadas o revocadas durante el curso del procedimiento si cambiarán las circunstancias en virtud de las cuales se hubieran adoptado. Esta regulación no excluye al procedimiento especial sobre derechos fundamentales, por lo tanto, la medida cautelar adoptada tiene que considerarse vigente hasta que recaiga sentencia firme."
La presidenta de Abogados Cristianos, Polonia Castellanos, ha celebrado la decisión. Y en un comunicado ha asegurado: "Es escalofriante la insistencia de la administración pública para poner fin a la vida de una chica con enfermedad mental, en contra de la voluntad de la familia. La Generalitat tendría que utilizar el dinero público para garantizar un tratamiento eficaz a Noelia, en vez de verterla a morir."