La sala contenciosa administrativa del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) ha estimado parcialmente un recurso interpuesto por el Ministerio de Educación y ha establecido un mínimo del 25% de la enseñanza en castellano en Catalunya, remarcando que el uso actual es "residual".

La sala declara la obligación de la Generalitat de adoptar las medidas necesarias para garantizar que todos los alumnos reciban de manera "efectiva e inmediata" la enseñanza mediante la utilización vehicular normal de las dos lenguas oficiales en los porcentajes que se determine, "que no podrán ser inferiores al 25% en uno y otro caso".

 

El tribunal remarca que además de la asignatura de castellano, hay que hacer en este idioma otra materia no lingüística de carácter troncal.

La sala asegura que ha analizado "el marco jurídico dentro del cual se inserta el uso vehicular de las lenguas en la enseñanza: el Estatuto de Autonomía de Catalunya, la Ley de Educación de Catalunya, la Ley Orgánica de Educación y varias sentencias del Tribunal Constitucional". De la misma manera, el TSJC añade que también ha pedido información al Departament d'Educació de la Generalitat "sobre los datos reales del uso de ambas lenguas en los centros escolares".

"Uso residual"

Según la resolución, "de la documentación aportada y la prueba practicada en el recurso se desprende que, en conjunto, el uso vehicular de la lengua castellana en el sistema de enseñanza de Catalunya es residual, o al menos así es en una parte significativa de centros y grupos docentes, de forma que se constata una infracción del marco jurídico vigente".

Otra asignatura troncal en castellano

El tribunal constata que corresponde fijar un uso vehicular mínimo de las lenguas oficiales que "permitan enderezar la actual situación contraria al ordenamiento", y fija el mínimo en el 25%, lo que implica hacer una asignatura troncal en castellano al margen de la propia de lengua castellana.

El Ministerio también reclamaba que se modificaran los impresos de preinscripción escolar para que los padres tuvieran acreditado que el castellano sería vehicular en todos los cursos. La sala desestima esta petición porque considera que con el porcentaje mínimo del 25% ya se estaría cumpliendo el uso de las dos lenguas. Además, remarca que el principio de no discriminación de los alumnos en razón de la lengua establecido en el Estatut impone un sistema de una única línea bilingüe, un sistema que "excluye por su propia naturaleza la libertad de opción por parte de los usuarios". Así pues, el hecho de que las inscripciones no incluyan la opción de lengua vehicular no puede ser considerado ilegal.

"La emergencia lingüística" del catalán

Esta resolución del TSJC llega 4 días después de que La Plataforma per la Llengua lanzara una campaña en redes sociales, webs y medios de comunicación para alertar de la "emergencia lingüística" que atraviesa el catalán y para "hacer saltar las alarmas de todo el mundo" sobre su uso decreciente.

En una entrevista de la ACN, el presidente de la Plataforma per la Llengua, Òscar Escuder, explicó que hay que alertar a las administraciones y los ciudadanos con respecto a este decrecimiento. Para la entidad, actualmente se vive una situación paradójica que hace que mucha gente lo sabe hablar y escribir, y que por encima del 90% lo entiende, pero al mismo tiempo se detecta que por todas partes está retrocediendo, "con cifras aterradoras"