El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha admitido a trámite la demanda que presentaron dos de los condenados por el asedio al Parlament en 2011 contra la sentencia del Tribunal Supremo (TS) que les impuso tres años de prisión. El Tribunal de Estrasburgo ha aceptado examinar la demanda después de que el Tribunal Constitucional (TC) rechazara admitir a trámite el recurso de amparo que presentó la defensa de los 'indignados' contra la sentencia del Supremo.
Según han confirmado al ACN fuentes próximas al caso, en su demanda, las defensas de los 'indignados' alegan que la sentencia del Supremo, que revocó la absolución previa por parte de la Audiencia Nacional española, vulnera la jurisprudencia española, que establece que no se puede condenar en apelación sin pruebas nuevas y sin dar audiencia a los afectados.
El Tribunal Supremo revocó el año pasado la absolución de los 'indignados' juzgados por la Audiencia Nacional por las protestas que en junio de 2011 bloquearon el Parlament e impuso una pena de tres años de prisión a ocho de ellos por un delito contra las altas instituciones del Estado.
Los magistrados del alto tribunal argumentaron en su sentencia que el ejercicio de la libertad de expresión y el derecho de reunión no pueden neutralizar otros derechos y, en concreto, el de participación política a través de los representantes legítimos.
Para dictar su sentencia condenatoria, el Supremo convocó a las partes a una vista en que las defensas expusieron sus argumentos, pero los acusados no tuvieron ocasión de ser escuchados directamente por el tribunal.