El hermano de Pedro Sánchez será juzgado por los delitos de prevaricación y tráfico de influencias por su contratación a la Diputación de Badajoz. En una providencia a la que ha tenido acceso ElNacional.cat, así lo ha dictaminado la jueza Beatriz Biedma, que hace un mes lo procesó y ahora rechaza el recurso que presentó David Sánchez contra su procesamiento: confirma su decisión y lo envía a juicio. Las acusaciones populares piden tres años de prisión para él, una multa de 30.000 euros y que devuelva los salarios que haya recibido. La jueza también procesó al líder del PSOE extremeño y hasta hace poco presidente de la Diputación de Badajoz (dimitió para convertirse en diputado en la Asamblea de Extremadura y ser aforado), Miguel Ángel Gallardo, y al exasesor de la Moncloa Luis María Carrero. La lupa está puesta, especialmente, encima de la creación y adjudicación a David Sánchez de la plaza de Coordinador de las Actividades de los Conservatorios de la Diputación de Badajoz. Por otra parte, Beatriz Biedma descartó la existencia de delitos contra la Hacienda Pública o de enriquecimiento ilícito, que también se investigaban inicialmente.
Frente a la decisión de la jueza de procesar a los investigados, la Fiscalía presentó un recurso de apelación a la Audiencia de Badajoz oponiéndose a la apertura de juicio oral y pidiendo el archivo de la causa ante la “ausencia de indicios racionales de criminalidad”. En su escrito, al que ha tenido acceso ElNacional.cat, esgrimió que la imputación “no se sustenta en la existencia de auténticos indicios racionales de criminalidad”, sino en “conjeturas e hipótesis” que “no cuentan con el respaldo fáctico necesario para concluir” que el puesto de David Sánchez fuera creado “a la carta”, de “forma espuria” y con el “objetivo de beneficiar” al hermano del actual presidente español. La Audiencia de Badajoz todavía no se ha pronunciado, pero la jueza ha seguido hacia adelante. La fiscal arremetió contra el “carácter irracional de las inferencias realizadas” por la jueza y la “imposibilidad de incardinar” los hechos en los delitos de prevaricación administrativa y tráfico de influencias. Finalmente, arguyó que la “hipótesis incriminatoria” asumida por la jueza incurre en “notables contradicciones internas” que permiten apreciar una “notoria falta de coherencia interna en los planos fáctico y jurídico”.
Sin embargo, las acusaciones populares (integradas por Manos Limpias, Iustitia Europa, Hazte Oír, Abogados Cristianos, Liberum y Vox) sostuvieron que el hermano de Sánchez “habría utilizado sus influencias en la Diputación de Badajoz para obtener beneficios propios” y esto ha sido suficiente para sentar en el banquillo a los investigados. De hecho, en el auto de hoy, la juez Beatriz Biedma lo defiende: “Con respecto a la procedencia de la apertura del juicio oral solo a instancias de la acusación popular, cuando el Ministerio Fiscal ha solicitado el sobreseimiento del procedimiento mediante la interposición del recurso de apelación, existe una doctrina consolidada del Tribunal Supremo que determina que, en aquellos supuestos en los que por la naturaleza colectiva de los bienes jurídicos protegidos en el delito, no existe posibilidad de personación de un interés particular, la acusación popular está legitimada para pedir, en solitario, dicha apertura de juicio oral”.
Asimismo, en su escrito, las acusaciones populares resumían el papel de Miguel Ángel Gallardo y de Luis María Carrero. El primero estaba “informado de todas las necesidades de personal y puestos que iban a crearse”, tenía una “relación estrecha” con David Sánchez, “se interesó directamente por las fechas mínimas para la adjudicación de un puesto de alta dirección” y “consintió el aparente cambio de nomenclatura del puesto y realmente creación de un nuevo sin pasar por los trámites legales para ello”. El segundo “habría utilizado la influencia derivada de su amistad íntima” con David Sánchez para conseguir la creación y posterior acceso al Puesto de Jefe de Sección de Centros y Programas de Actividades Transfronterizas.
Las otras ocho personas que irán a juicio
David Sánchez, Miguel Ángel Gallardo y Luis María Carrero son los tres principales acusados de la causa que se ha instruido en los juzgados de Badajoz. Sin embargo, la jueza Beatriz Biedma envía al banquillo a ocho personas más vinculadas con la Diputación de Badajoz:
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Elisa Moriano, directora de Cultura en 2016 y 2017
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Cristina Núñez, diputada de Cultura en 2016 y 2017, es quien propuso a David Sánchez para su nombramiento
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Juana Cinta, directora del Área de Recursos Humanos
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Félix González Márquez, jefe del Servicio de Apoyo Jurídico e Inspección
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Emilio Pareja, directora de Cultura en 2022, cuando se modificó del puesto de David Sánchez
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Francisco Martos, diputado de Cultura en 2022, cuando se modificó del puesto de David Sánchez
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Manuel Candalija, director del Área de Cultura, por la contratación de Luis María Carrero
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Ricardo Cabezas, diputado delegado del Área de Cultura, por la contratación de Luis María Carrero
“Existen indicios” de que David Sánchez “habría utilizado influencia” en la Diputación de Badajoz para “obtener un beneficio propio”
En el auto de procesamiento, la jueza concluyó que “existen indicios” de que David Sánchez “habría utilizado influencia” en la Diputación de Badajoz para “obtener un beneficio propio” en dos momentos. En primer lugar, para conseguir que “se adaptaran las condiciones” de su puesto de trabajo como coordinador de los conservatorios de la provincia de Badajoz (que abandonó en plena investigación judicial) a sus “preferencias personales”, como “no tener que acudir diariamente a un despacho”. En segundo lugar, para “conseguir que la persona que extraoficialmente ya lo ayudaba activamente en el proyecto Ópera Joven”, Luis María Carrero, fuera contratado por la Diputación y pasara a “auxiliarlo directamente trabajando con él en el mismo despacho”. La instrucción se articuló a través de la toma de más de una decena de declaraciones a testigos e investigados y de la información recopilada por la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil.
La magistrada también sostuvo su decisión en la “falta de explicación racional y mínimamente verosímil de los hechos” por parte de los investigados. “Hace falta destacar la forma con la que [David] Sánchez describió haber conocido la publicación de las bases o su incapacidad para explicar con claridad el concepto y ubicación de la Oficina de Artes Escénicas”, añadió. Asimismo, esgrimió que el delito de prevaricación acostumbra a ir “precedido de conversaciones y actos preparatorios que es muy difícil que estén documentados” y, por este motivo, puso de relieve la importancia de los correos electrónicos requisados en la causa: “Sería la punta del iceberg de lo verdaderamente comentado y preparado porque, normalmente, estas conversaciones delicadas no se mantienen a través de medios que dejen rastro y se suele actuar de espaldas a cualquier testimonio que pueda denunciar los hechos”.