Un informe de la Generalitat pone de manifiesto la "voluntad" del Estado de afianzar la posición del castellano en Catalunya. Además, pone de manifiesto que el Estado no ha modificado el marco jurídico para poder utilizar el catalán en procedimientos de orden judicial, y que no ha adoptado medidas para garantizar que una proporción adecuada del personal judicial tenga capacidad para trabajar en catalán.

Estas son algunas de las conclusiones del estudio que evalúa el cumplimiento y el incumplimiento por parte del Estado español de la Carta europea de las lenguas regionales o minoritarias (CELRoM) para el periodo 2013-2016. El informe lo ha llevado a cabo la Direcció General de Política Lingüística del Departament de Cultura con la colaboración de los de la Presidència, Empresa y Coneixement, Ensenyament, Justícia y el Consell de l'Audiovisual de Catalunya.

Otras observaciones que se desprenden del estudio es que se mantienen los efectos negativos de la sentencia del Tribunal Constitucional del 2010 sobre el Estatuto de autonomía de Catalunya; que continúan vigentes las medidas contrarias a la carta como la LOMCE, o que persiste el impacto del déficit fiscal en la financiación de actividades de apoyo a las lenguas catalana y occitana.

Aspectos positivos

Entre los aspectos positivos, el informe de la Generalitat destaca las medidas adoptadas por las administraciones catalanas para garantizar el uso del catalán en los servicios públicos, y las medidas para garantizar la disponibilidad lingüística en occitano. También destaca la recuperación de las relaciones de cooperación con todos los gobiernos de los territorios de lengua catalana.

La Carta europea de las lenguas regionales o minoritarias fue aprobada por el Comité de Ministros del Consejo de Europa el 25 de junio de 1992 y entró en vigor en 1998, una vez la ratificaron los estados de Finlandia, Hungría, Liechtenstein, Noruega, los Países Bajos y Croacia. Fue firmada por el Gobierno español el mismo año 1992 y el instrumento de ratificación fue depositado en el Consejo de Europa en el 2001. Forma parte del corpus jurídico español desde su entrada en vigor, el 1 de agosto del 2001.

La Carta reconoce las lenguas definidas como 'regionales o minoritarias' como expresión de riqueza cultural y compromete los estados firmantes a hacer posible la enseñanza, en todo o en parte, en estas lenguas y también a poder usarlas en la administración, la justicia y los medios de comunicación, entre otros ámbitos. La ratificación de la Carta por parte del Estado español lo compromete a aplicar los grados más altos de protección de las lenguas propias diferentes del castellano allí donde son oficiales.