El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha rechazado el recurso del expresident Carles Puigdemont por el caso de su escaño en el Parlamento Europeo. El tribunal con sede en Estrasburgo inadmitió el pasado 7 de julio la demanda del líder de facto y eurodiputado de Junts y del exconseller Toni Comín contra España por la negativa de la Junta Electoral Central a incluirlos en la lista de eurodiputados que debe enviar a la Eurocámara. El TEDH ha considerado que la posible vulneración de su derecho político ya se ha "reparado", ya que el Tribunal Constitucional español reconoció a Puigdemont y Comín como eurodiputados y estos ya ejercen como tales.
"El demandante ya ha obtenido el reconocimiento de cualquier presunta vulneración y la apropiada reparación en el ámbito doméstico y, por lo tanto, ya no puede alegar ser víctima de una vulneración de la convención o de los protocolos", comunicó el juez Peeter Roosma al expresidente y eurodiputado de Junts en julio. Es el primer caso de Puigdemont que ha llegado a Estrasburgo y no ha pasado el primer filtro.
Puigdemont y Comín recurrieron al TEDH después de que el TC desestimara su recurso de amparo por la negativa de la JEC a reconocerlos como eurodiputados, aunque el Parlamento Europeo ya les aceptó en enero de 2020. Fuentes de la defensa expresan "satisfacción interna" a pesar de la inadmisión en Estrasburgo porque, según dicen, el TC "sí que reconoció que tenían la condición de eurodiputados. De todos modos, el equipo jurídico de Puigdemont y Comín fue igualmente al TEDH por una posible vulneración de derechos, que ahora se dan por reparados.
El conflicto para tomar posesión como eurodiputado
A raíz de la causa del procés y los hechos del 1-O, Puigdemont tiene toda una serie de causas judiciales pendientes, tanto en los tribunales españoles como en los tribunales de la Unión Europea. Por ejemplo, está a la espera de que el Tribunal de Justicia de la UE valide el levantamiento de su inmunidad para activar la extradición. Al mismo tiempo, tiene casos colaterales en los tribunales españoles vinculados a su estatus de eurodiputado, con una orden de detención por el 1-O. Tras la proclamación oficial de los electos en las elecciones europeas de 2019, la JEC debía notificar al Parlamento Europeo la lista de los eurodiputados escogidos. Sin embargo, no incluyó a Puigdemont ni a Comín porque no juraron la Constitución en Madrid.
A pesar de la sentencia del TJUE a finales de 2019 y el posterior reconocimiento por parte del Parlamento Europeo de su condición como eurodiputados, la JEC no ha notificado ninguna nueva lista que los incluya. "No es procedente la entrega de la credencial de proclamación de diputado electo, en la medida en que esta credencial se expide una vez que el candidato electo ha prestado juramento o promesa de acatamiento a la Constitución", sostiene la JEC. La jurisprudencia del TJUE dice que: "Una persona que ha sido oficialmente proclamada electa en el Parlamento Europeo por la autoridad competente del estado miembro donde tuvo lugar esta elección adquiere, únicamente por este hecho y desde aquel momento, la condición de miembro del Parlamento, independientemente de cualquier formalidad ulterior que esté obligada a cumplir, ya sea en virtud del derecho de la Unión o del derecho nacional del estado miembro en cuestión".
El TC niega vulneración de derechos: Puigdemont, ya eurodiputado
Puigdemont y Comín denunciaron la posición de la JEC hasta el Tribunal Constitucional, pero este desestimó el recurso de amparo porque la Eurocámara ya los había reconocido sin la notificación de la JEC. "A partir del 13 de enero de 2020 se vio satisfecha fuera del proceso constitucional la pretensión deducida en la demanda de amparo, ya que los hoy recurrentes de amparo han visto reconocida la posibilidad de ejercer la totalidad de las funciones parlamentarias y prerrogativas que les corresponden a consecuencia de su condición de diputados europeos electos. La decisión del Parlamento Europeo, además, reconoció a su decisión efectos retroactivos desde la primera sesión celebrada a la legislatura, que tuvo lugar el 2 de julio de 2019," dijo el TC en noviembre del 2022. Así, negaba la existencia de una vulneración de derechos fundamentales porque "no subsisten ya los efectos de las decisiones de la Junta Electoral Central cuestionados". Una posición que ha suscrito también Estrasburgo.