El recurso contra la ley para evitar el 25% de castellano estará en manos de la magistrada catalana del TC, Laura Díez. Así lo ha informado este martes el mismo tribunal de garantías, de que ha especificado que Díez será la responsable de redactar la ponencia sobre los recursos del Partido Popular y Ciudadanos contra la ley catalana que elimina los porcentajes. La ponencia era cosa de Antonio Narváez, pero ahora ha recaído en la catalana después de que el presidente Cándido Conde-Pumpido haya repartido las ponencias que estaban a cargo de los magistrados que dejaron el cargo el pasado 9 de enero después de la renovación del órgano.

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Díez puede hacer peligrar la mayoría progresista del Constitucional, ya que podría ser recusada cuando lleguen cuestiones relacionadas con los catalanes — cómo es el caso del 25%. Es bien sabido que la magistrada fue vicepresidenta del Consell de Garanties Estatutàries y firmó dictámenes contra imponer porcentajes de castellano en las aulas catalanas. Se trata del dictamen 3/2022, sobre la proposición de ley relativa al uso y aprendizaje de las lenguas oficiales en la enseñanza no universitaria; y del dictamen 4/2022, sobre el decreto ley 6/2022 en el cual establece los criterios de elaboración de los proyectos lingüísticos de los centros educativos.

La ley del catalán, avalada por Díez

Fue el pasado 7 de junio cuando Díez firmó el mencionado dictamen 3/2022, en el cual se concluye que la ley del catalán no vulnera ni la Constitución ni el Estatut — estableciendo el catalán como lengua vehicular y el castellano como lengua curricular. El texto destacaba que el TC (donde está ahora Díez) "de forma explícita" no había considerado inconstitucional una ley que no contenga la declaración expresa del castellano como lengua vehicular. También insistía en que el órgano de garantías había asegurado que omitir lo menciona del castellano como en lengua vehicular no era inconstitucional porque no implicaba la exclusión del castellano como lengua docente. En el dictamen se subrayaba que la legislación básica estatal en materia de educación "nunca" había declarado el castellano como lengua vehicular, a excepción del periodo que estuvo vigente la LOMCE (desde finales del 2013, hasta finales del 2021).

Sobre la cuestión que se utilicen el castellano y el catalán sin establecer porcentajes, el Consell de Garanties Estatutàries dijo que era una medida avalada por el Constitucional. El órgano concluyó que "se había admitido con toda naturalidad" que el tratamiento de las lenguas fuera "diferente en los diversos sistemas educativos que existen a las comunidades autónomas" - cosa que se tradujo en "múltiples modelos lingüísticos de la enseñanza, todos considerados legítimos por la doctrina constitucional". En este caso, el consejo avaló que se situara el catalán como "centro de gravedad del sistema educativo". "La clara admisión de este uso diferenciado del catalán y del castellano en el sistema de enseñanza es el fundamento sobre el cual descansa la declaración de constitucionalidad que ha hecho siempre el Tribunal Constitucional del modelo general de conjunción lingüística que ha adoptado Catalunya desde el inicio", insistió el órgano.

El decreto del catalán, también avalado

Diéz firmó el dictamen en el cual se sostenía que estaba "fácilmente constatable" que "ni la Constitución, ni el Estatut d'Autonomia, ni la legislación básica del Estado (...), ni la legislación catalana, ni tampoco el Tribunal Constitucional a las múltiples ocasiones en las cuales han interpretado todas estas normas han establecido en ningún momento la exigencia de porcentajes concretos a la distribución del uso de las lenguas oficiales a la enseñanza y ni siquiera otra similar". En este sentido, el Consejo indicó que el tratamiento lingüístico a la enseñanza no universitaria sobre la base de porcentajes determinados entre lenguas oficiales era una "opción de política educativa legítima, todo y que no la única posible".

Poco después, Díez firmó el dictamen 4/2022 en el cual se concluyó que el decreto del catalán no vulnera ni la Constitución ni el Estatut. En el marco de este dictamen, el órgano incidió en el hecho que el decreto hiciera referencia solo al catalán como lengua vehicular de la enseñanza "no es inconstitucional y no supone en ningún caso la exclusión de la lengua castellana como lengua docente".