No era necesario, para neutralizar ningún bulo, [decir] de dónde había salido o dejado de salir la propuesta de conformidad y si se había parado desde arriba. No requería de esto. Y sí era un relato público o institucional de confesión y culpabilidad firmado y en boca del Ministerio Fiscal”. En el turno de conclusiones del juicio del fiscal general del Estado, que llega a su fin después de dos semanas en el Tribunal Supremo, Gabriel Rodríguez-Ramos, el abogado de Alberto González Amador, ha cuestionado de raíz la nota de prensa que difundió la Fiscalía el 14 de marzo con detalles del caso de presunto fraude fiscal de la pareja de Isabel Díaz Ayuso y ha acusado a Álvaro García Ortiz, que ayer volvió a negar la autoría de la filtración, de haber “destrozado” la presunción de inocencia de la pareja de Isabel Díaz Ayuso: “No es que se transmitiera a los medios la existencia de un procedimiento penal. Se transmite que es un delincuente confeso, se tiene una sentencia pública de condena antes de que ni tan siquiera existiera ningún procedimiento penal. No había reparto de la denuncia y ya era el delincuente confeso”. Y ha esgrimido que se ha dictado una “sentencia popular de delincuente confeso” y que ha habido “representantes políticos ejecutando esa sentencia popular diariamente”.

 

En una intervención que se ha alargado una hora y cuarto, el letrado ha lamentado que el “relato institucional de confesión y culpabilidad” era un elemento de la nota de prensa “indiscutiblemente innecesario” para “neutralizar el supuesto bulo de que la Fiscalía habría propuesto un pacto y que el pacto se habría parado desde arriba”. “Su inclusión jamás podría estar justificado por ningún fin expresado por el acusado. Neutralizar que el fiscal del asunto hubiera impulsado la conformidad o que se hubiera parado desde arriba no requiere decir que ha reconocido ningún delito”, ha alegado. Como acusación particular, pide cuatro años de cárcel para el fiscal general del Estado, una multa de 108.000 euros y una indemnización de 300.000 euros.

Gabriel Rodríguez-Ramos ha argumentado que las conductas del Ministerio Fiscal “se alinean de forma plena con el relato” que el 13 y 14 de marzo “integraba la política de comunicación” del Gobierno y del PSOE, “siendo idénticos el relato institucional de confesión y culpabilidad del Ministerio Fiscal y el relato político del delincuente confeso, como idéntico fue el método utilizado para construirlo”. “¿Qué consecuencias ha tenido esto para Alberto González Amador?”, se ha preguntado. Y él mismo ha contestado: “Que te marquen y te conviertan en manera política del Gobierno de España bajo el relato institucional del Ministerio Fiscal de confesión y culpabilidad arrasa tu derecho a la intimidad y a tu protección de datos y arrasa, en el procedimiento penal, la presunción de inocencia y el derecho de defensa”. “Y esto apuntalado día a día por el Gobierno. Esa maquinaria de comunicación genera continuos daños en áreas tan elementales como la vida familiar”, ha apostillado.

“Su estrategia consideraba que las revelaciones previas por periodistas le habilitaban para publicar el contenido que quería integrar en la nota”

El abogado de Alberto González Amador ha establecido un paralelismo y una causalidad entre la nota de prensa que se difundió el 14 de marzo y la filtración del famoso correo del 2 de febrero: “Su estrategia [del fiscal general del Estado] consideraba que las revelaciones previas por periodistas le habilitaban para publicar el contenido que quería integrar en la nota”. “Que estuviera en los medios no eliminaba la tipicidad de la nota en este caso y la búsqueda de esta protección a través de la filtración de la Cadena SER lo único que hizo fue aumentar la tipicidad de sus conductas y las consecuencias lesivas derivadas”, ha añadido.

Y ha cerrado su argumentación: “Imitando los métodos de revelación políticos, ese email había sido transmitido como método para activar su relato institucional de confesión y culpabilidad como parte de su estrategia para eludir la responsabilidad posterior”. “Son secretos de un particular que se revelan a la Cadena SER como estrategia para sellar institucionalmente por el Ministerio Fiscal el relato de confesión y culpabilidad buscando una cobertura legal, aunque mal diseñada”, ha remachado.

El abogado Gabriel Rodríguez-Ramos durante la primera jornada del juicio al fiscal general del Estado / Foto: EFE

“No hay ningún compromiso con su fuente, salvo que sea su fuente”

Gabriel Rodríguez-Ramos ha puesto a Miguel Ángel Campos, periodista de la Cadena SER, en la diana, ha cuestionado que tuviera el correo el día 13 de marzo al mediodía y ha sostenido que el fiscal general del Estado fue su fuente. “¿Qué problema supondría para el secreto de las fuentes de Miguel Ángel Campos enseñar su chat con Álvaro García Ortiz y con Mar Hedo [jefa de prensa de la Fiscalía], mostrar que no hay comunicaciones, que no son su fuente? No hay ningún compromiso con su fuente, salvo que sea su fuente”, ha argumentado. Y ha querido desmontar la cronología del trabajo que hizo el periodista, que el martes relató que tuvo conocimiento de la confesión de la pareja de Ayuso el día 13 de marzo al mediodía, cuando acudió al despacho de su fuente y pudo leer el correo del 2 de febrero en la pantalla del ordenador.

No existe un solo elemento objetivo distinto de la manifestación del periodista que soporte la afirmación. No tiene el email recibido, no tiene una foto, no comparte con nadie las notas o la información. Dice que llama a mucha gente por la tarde, pero no aporta soporte alguno”, ha lamentado el abogado. Finalmente, ha usado el mensaje de WhatsApp que el periodista envió a Carlos Neira aquel día a las once de la noche como argumento: “¿Me quiere decir que tiene usted una noticia que le calienta las manos, pero no la puede publicar y no intenta mandarle un WhatsApp por la tarde a ver si salta la liebre?”.

“Nunca se ha impulsado investigación alguna en la Fiscalía General del Estado”

Asimismo, ha puesto en duda que la Fiscalía no investigara las filtraciones sobre el caso de Alberto González Amador: “Nunca se ha impulsado en la Fiscalía General del Estado investigación alguna de la filtración de la denuncia del Ministerio Fiscal, del expediente tributario publicado por elDiario.es, de la que se ha dado publicidad por la Fiscalía General del Estado o de la filtración del email del 2 de febrero. Y ello por qué ellos eran los autores”. Y ha considerado que el hecho de que el fiscal general de Estado pidiera que le enviaran los correos entre el fiscal Julián Salto y el abogado Carlos Neira a su cuenta personal de Gmail es “clave” porque permitió salir del “circuito de trazabilidad” del Ministerio Fiscal.

Las acusaciones particular y populares del juicio del fiscal general del Estado / Foto: EFE

La APIF compara borrar el móvil del fiscal del Estado con tirar droga al WC o esconder un cadáver

Después de la acusación particular, ha sido el turno de las acusaciones populares. Ha destacado uno de los alegatos de Juan Antonio Frago, el abogado de la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales, que ha comparado el hecho de que el fiscal general del Estado borrara su móvil con los delincuentes que tiran droga al WC, lanzan fardos al fondo del mar o esconden un cadáver: “Les recuerdo que la propia sala ha condenado a señores como José Bretón, que mató a sus dos hijos. Los cuerpos nunca se encontraron, pero se ha dado por probado que dicho borrado de la prueba, que es la eliminación desgraciadamente física de los niños, ha sido así”, ha expuesto. Y no se ha quedado aquí: “El Supremo condena, por ejemplo, a gente que tira fardos desde una barca en el campo de Gibraltar y nadie se molesta en bajar al fondo del mar a saber si ahí iba droga o iba otros elementos. O los célebres casos de las personas que tiran droga por el inodoro y, aun así, se condena”. “Estamos ante que la eliminación intencional del cuerpo del delito o de las pruebas de la inocencia puede y debe ser tomado como prueba de cargo a los efectos condenatorios”, ha remachado.

Además, ha puesto en duda que Miguel Ángel Campos, que así lo declaró como testigo, hubiera accedido al correo antes que el fiscal general del Estado: “No sabemos por qué el primer impulso del periodista, que está viendo a su Atlético de Madrid y están marcándose goles, en ese momento decide olvidarlo todo para llamar a un contacto con el que hace dos años no habla, que es una autoridad del Estado, para pedirle una confirmación”. “Es que no es lógico”, ha añadido. Y ha cuestionado que el periodista y Álvaro García Ortiz no hablaran, como han afirmado los dos: “Hablan cuatro segundos, pero hay un contacto real. Y, a partir de ahí, extreman las precauciones. La única conjetura que podemos hacer es que hubo comunicación de audios de WhatsApp, envíos de WhatsApp o llamadas de WhatsApp”.

Manos Limpias cree que atribuir la filtración al fiscal del Estado es la “única explicación razonable”

Desde Manos Limpias, el abogado Victor Soriano ha argumentado por qué considera que el fiscal general del Estado es el “filtrador” del correo del 2 de febrero: “No se trata de que sea la mejor explicación posible, es que es la única explicación razonable. Es decir, ante este cúmulo de indicios plurales y correlacionados, donde destaca la probabilidad prevaleciente de la hipótesis acusatoria, no existe una alternativa a esta única exposición razonable frente a otras hipótesis explicativas y a la ausencia de una verdadera y sustentada tesis fáctica de descargo”, ha justificado.

Asimismo, ha señalado que Álvaro García Ortiz “ostenta uno de los pocos cargos unipersonales que están mencionados nominalmente en la Constitución” y que, por lo tanto, “se le debe presuponer una actuación impoluta” y ha lamentado que el hecho de que su actuación esté “más que lejos de ser impoluta” hace que sus actos “sean más graves que los de cualquier otra persona que, siendo igualmente una autoridad o funcionario, no ocupe esa alta responsabilidad”. Ayer, Manos Limpias rebajó la petición de prisión de cuatro a tres años aplicando la atenuante de “difusión pública de hechos relativos al proceso y de datos personales del investigado” después de que durante la instrucción se produjeran “filtraciones con el perjuicio consiguiente para el acusado”. Fueron su móvil y su correo personal, que aparecían en el informe de la UCO que llegó a los medios de comunicación

El Foro Libertad y Alternativa señala un “autoencubrimiento impune” del fiscal general del Estado

En nombre del Foro Libertad y Alternativa, el abogado Fernando García-Capelo ha hablado del ritmo frenético de comunicaciones que hubo el 13 de marzo por la noche en el seno de la Fiscalía instigado por el fiscal general del Estado para conseguir los correos entre el fiscal Julián Salto y el abogado Carlos Neira: “Lo único que verosímilmente puede justificar esta urgencia es que lo que se quería era que esa información estuviera ya por la noche en los medios de comunicación, lo cual generaría un efecto informativo y justificaría la publicación de la nota”. Además, ha señalado que la declaración de Álvaro García Ortiz de ayer “no tiene credibilidad”. “¿Por qué mete en una nota informativa el reconocimiento expreso de unos delitos que es absolutamente innecesario? Es obvio y palmario para cualquiera que no era necesario meterlo”, ha añadido.

En otro sentido, ha puesto en duda las intenciones del fiscal general del Estado cuando borró su móvil: “Cualquier persona con conocimiento jurídico medio, no digamos todo un fiscal general de Estado, sabe que si hay una investigación en marcha, los elementos de prueba deben conservarse, no pueden ser borrados”, ha sostenido. “Y es que además no aporta ninguna evidencia, ninguna prueba de que realizara borrados sistemáticos de sus WhatsApp. Lo único que nos aporta es su palabra, una palabra que no está sometida a la obligación de decir verdad y que además resulta inverosímil”, ha señalado. Y ha apuntado que esto lleva a un “autoencubrimiento impune”.

Foro Libertad y Alternativa también acusa al fiscal general del Estado de un delito de prevaricación: “Vemos que hay un exceso en el uso de las facultades de un alto funcionario que va más allá de la revelación del secreto. Y este abuso de las facultades se concreta cuando, dentro de un expediente gubernativo, da la orden contraria a la normativa y con una finalidad torticera para que se le remitan los correos a su cuenta personal”, ha alegado. “Lo único que justifica que se envíe a su cuenta personal es dejarse abierta la puerta para, en caso de que sea necesario, como ha sido, poderlo borrar sin dejar rastro de los elementos que quedan en la cuenta corporativa”, ha remachado.

El Colegio de la Abogacía de Madrid cree que una posible alternativa “no ha quedado acreditada”

En unos términos parecidos se ha expresado el abogado del Colegio de la Abogacía de Madrid. Durante su intervención, Ignacio de Luis ha argüido que los “elementos alternativos no han quedado acreditados” y ha recalcado que el “contraindicio” ha quedado “completamente huérfano”. Asimismo, ha puesto el foco en el “borrado deliberado” de las conversaciones de WhatsApp: “Una cosa es que el autoencubrimiento en nuestro sistema no sea punible y otra cosa es que el borrado no deje huella procesal. Y claro que la deja, operaría como un indicio más”. Sobre la petición de los correos, creo que fue una “dación de cuenta completamente artificial” por “medios un tanto extraños y ajenos al control oficial”, como una cuenta personal de correo electrónico. También ha tenido palabras dirigidas a los periodistas: “El secreto profesional es sacro en las dimensiones periodísticas, pero lo que no puede ser bien es para generar espacios de impunidad”.