“El aforamiento no implica que se mire hacia otro lado si se tiene conocimiento de algún indicio delictivo que afecta a una persona aforada”. Duro alegato de la Fiscalía Anticorrupción para oponerse a la salida de prisión de Santos Cerdán. El fiscal Alejandro Luzón ha presentado un escrito en el Tribunal Supremo, al que ha tenido acceso ElNacional.cat, rechazando que el juez Leopoldo Puente libere al exsecretario de Organización del PSOE, que está en prisión preventiva en Soto del Real desde el 30 de junio y que el pasado 8 de septiembre solicitó su puesta en libertad. “Un escrito de contenido parcialmente extrajurídico, trufado de impertinentes consideraciones políticas y abiertamente especulativo y en el que se conjetura sobre la existencia de supuestas irregularidades”, denuncia el Ministerio Fiscal sobre la petición que formalizaron los abogados Benet Salellas y Jacobo Teijelo. “Se establecen comparaciones con otros procedimientos que ninguna relación guardan con el presente, se cita jurisprudencia inaplicable al caso, se atribuyen gratuitamente intenciones espurias a la unidad policial, a la Fiscalía Anticorrupción y al propio magistrado instructor a quien se reprocha hacer un uso instrumental del derecho y, en definitiva, se viene a descalificar globalmente una instrucción que solo podemos calificar, hasta la fecha, de modélica”, remacha.

Para justificar la necesidad de que Santos Cerdán continúe en prisión preventiva, la Fiscalía argumenta que, si fuera puesto en libertad, el exsecretario de Organización del PSOE podría “continuar relacionándose con otras personas responsables de los pagos realizados por las adjudicaciones amañadas”, que todavía están “pendientes de identificar” y, por lo tanto, “aún tiene” capacidad para “alterar y ocultar pruebas y condicionar a testigos o investigados en un procedimiento de gran complejidad”. Además, subraya la “gravedad de los delitos cometidos por la organización criminal” y su “papel director” y se escuda en el “inicial estado de la investigación en lo referente a él, con diligencias probatorias avanzadas, pero que todavía no han sido practicadas”. Frente a todo ello, reprocha a la defensa de Santos Cerdán que no aporte “argumentos nuevos”, que no acredite los “incontables quebrantos de garantías denunciados que vendrían a dibujar un procedimiento catastrófico” y que haga la petición “sin que se haya producido ningún hecho relevante” en la instrucción de la causa.

Nada de lo que en esta causa especial se investiga concierne a hechos ajenos a la imputación de Santos Cerdán ni constituye una suerte de prospección o inquisición general acerca de su conducta pasada con relación a cualesquiera eventuales comportamientos diversos que pudiese haber protagonizado”, prosigue el fiscal. “Los hechos que se imputan a Santos Cerdán están perfectamente delimitados y se refieren a su intervención, en connivencia con José Luis Ábalos y Koldo García, en una trama para obtener comisiones a partir de la adjudicación de obras públicas a distintas empresas”, recalca. Asimismo, recuerda el “insistente interés” de Santos Cerdán en “determinadas obras que han sido presuntamente amañadas” y que son “precisamente” aquellas sobre las que él “adeudaría” determinadas cantidades a Koldo y a Ábalos.

Los audios “no han sido manipulados ni tratados”

En otro pasaje del escrito, el fiscal responde las dudas que expresó Benet Salellas y Jacobo Teijelo sobre la fiabilidad de las grabaciones de Koldo García que son la base del informe de la Guardia Civil que condujo a la imputación de Santos Cerdán. “No existe duda alguna [que] fueron intervenidos previa autorización judicial en el domicilio de Koldo García y que no han sido manipulados ni tratados”, alega el escrito. Y recuerda que también existen mensajes de WhatsApp con un “contenido, intervinientes y fechas” que “encajan perfectamente con las conversaciones grabadas”.

“Las grabaciones aparecen completas, sin saltos ni supresiones, se extienden a lo largo de varios años, resultan en la mayor parte de los casos inequívocas y aparecen relacionadas con otro abundante material documental”, reitera el fiscal. Alude a conversaciones de WhatsApp mantenidas por Koldo García con José Luis Ábalos, Santos Cerdán, Javier Herrero (que era director general de Carreteras), Isabel Pardo de Vera (que era presidenta de ADIF) y distintos empresarios. “Todo ello facilita no solo la identificación de los intervinientes, sino también el conocimiento de los necesarios antecedentes, situación o emplazamiento de las conversaciones y, con ello, su adecuada interpretación”, insiste.

Asimismo, usa la ironía para desacreditar la argumentación de la defensa de Santos Cerdán. “Es comprensible el empeño de la representación del investigado en desacreditar las conversaciones grabadas, a la vista de su alto contenido incriminatorio”, esgrime. Y plantea una batería de interrogantes sobre la razón de su impugnación: “¿Son incompletas? ¿Están descontextualizadas? ¿No se reconoce la intervención de Santos Cerdán en ellas? ¿No se produjeron? ¿Son reales, pero fueron ilícitamente obtenidas? ¿No las grabó Koldo García o sí lo hizo, pero siguiendo instrucciones de la Guardia Civil? ¿Las grabó acaso la propia fuerza policial o bien las manipuló después?”, pregunta. “Suponemos que en ulteriores fases del procedimiento la defensa de Santos Cerdán decidirá por cuál de estos caminos que sucesiva y simultáneamente explora desea seguir transitando”, apostilla.