Recibir el alta médica no siempre implica una recuperación plena. Muchos trabajadores se encuentran en la situación de tener que volver a su puesto pese a seguir arrastrando molestias o limitaciones físicas. Ignacio, abogado laboralista, advierte de que en estos casos la actuación del empleado debe ser especialmente cuidadosa desde el punto de vista legal: “Si te dan la alta y sigues mal, estás obligado a reincorporarte. No hacerlo puede tener consecuencias graves”.
El primer elemento clave es comprender que el alta médica, salvo impugnación formal, obliga al trabajador a regresar a su puesto. La empresa puede exigir la reincorporación inmediata, y la ausencia injustificada podría derivar en sanciones disciplinarias o incluso en despido. La percepción subjetiva del estado de salud no sustituye el criterio administrativo.
Vacaciones como margen de maniobra
Dentro de este escenario, Redondo señala una estrategia habitual entre profesionales del derecho laboral. Solicitar las vacaciones pendientes el primer día tras el alta puede proporcionar un margen de tiempo interesante. Si la empresa concede esos días, el trabajador gana tiempo para analizar su situación médica y jurídica sin incurrir en incumplimientos contractuales.
Durante ese periodo, el empleado puede comenzar a gestionar su caso con asesoramiento especializado. La revisión de informes médicos, la evaluación de secuelas o la preparación de posibles solicitudes de adaptación laboral requieren tiempo y documentación. Actuar precipitadamente o simplemente dejar de acudir al trabajo incrementa el riesgo de conflicto laboral. El abogado insiste en que esta vía no es un mecanismo de confrontación, sino una forma de ordenar la transición tras una baja médica compleja.
Adaptación del puesto y medidas preventivas
Otra herramienta fundamental es la solicitud de adaptación del puesto de trabajo. Tras una evaluación por parte de los servicios médicos o de prevención de riesgos laborales, la empresa puede verse obligada a introducir ajustes si se acredita la existencia de limitaciones funcionales. Estas medidas pueden incluir cambios de tareas, restricciones operativas o refuerzos preventivos.
Primero, reincorporación efectiva. Después, valoración médica. Finalmente, solicitud de ajustes si procede. Ignorar este proceso y optar por la inasistencia directa puede justificar medidas disciplinarias. “Si dejas de ir a trabajar, te podrán despedir”, advierte el letrado. Así pues, la reincorporación tras un alta médica exige, por tanto, una combinación de prudencia y estrategia jurídica. Cumplir con la obligación de volver al puesto no impide que el trabajador explore mecanismos legales para proteger su salud y su situación laboral.
