Un gesto tan cotidiano como calentar la comida en el trabajo acabó en despido disciplinario y en los tribunales. El caso, resuelto por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en una sentencia de 14 de junio de 2018, genera debate porque confirma que un despido puede ser procedente no por el acto en sí, sino por la actitud del trabajador frente a las normas de la empresa.

Los hechos ocurrieron cuando un empleado utilizó de forma reiterada un microondas industrial propiedad de la empresa para calentar su comida personal. La compañía había establecido una prohibición expresa sobre ese uso de dicho electrodoméstico, una norma que había sido comunicada de manera clara y reiterada a toda la plantilla. Pese a ello, el trabajador decidió seguir utilizándolo, ignorando advertencias y órdenes por parte de sus superiores.

No es el microondas, es la desobediencia reiterada

La empresa acabó optando por el despido disciplinario, que el trabajador impugnó alegando que se trataba de una sanción desproporcionada por un hecho menor. Sin embargo, el TSJ de Castilla y León declaró el despido procedente, avalando por completo la decisión empresarial. Y es que iba más allá del hecho en sí mismo.

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El despido no se produce por calentar comida, sino por una conducta de desobediencia persistente. La sentencia subraya que existía una orden lógica, conocida por el trabajador, la cual fue incumplida en varias ocasiones de forma consciente y con voluntad. Esa reiteración es lo que transforma un acto aparentemente trivial en una falta grave. Desde el punto de vista jurídico, la conducta fue calificada como insubordinación, una causa recogida expresamente en el Estatuto de los Trabajadores como motivo válido de despido disciplinario. La clave, según los magistrados, está en la voluntad del empleado de desafiar las normas.

Qué deja claro esta sentencia para trabajadores y empresas

La resolución judicial establece que no todo depende de la gravedad aparente del hecho, sino del contexto y de la actitud del trabajador. Una norma puede parecer discutible o excesiva, pero mientras sea legal y esté debidamente comunicada, su incumplimiento puede tener consecuencias. El tribunal también recuerda que las empresas tienen potestad organizativa para fijar reglas de uso de sus medios y herramientas, especialmente cuando existen razones de seguridad, higiene o funcionamiento interno. Desobedecer esas reglas de forma continuada rompe la confianza en la relación laboral.

Usar un microondas no es causa de despido, pero desobedecer órdenes claras y reiteradas sí puede serlo. El fallo refuerza la idea de que, en el ámbito laboral, la rebeldía continuada frente a instrucciones legítimas puede justificar la sanción más grave, incluso cuando el hecho desencadenante parece menor a simple vista.