Sí, ahora os toca a vosotros, por turno, a los del arcoíris. Ya (nos, os) lo dijo Martin Niemöller, uno de los líderes de la leve resistencia antinazi, en… 1946:

Cuando los nazis vinieron a llevarse a los comunistas,
guardé silencio,
ya que no era comunista.

Cuando encarcelaron a los socialdemócratas,
guardé silencio,
ya que no era socialdemócrata.

Cuando vinieron a buscar a los sindicalistas,
no protesté,
ya que no era sindicalista.

Cuando vinieron a llevarse a los judíos,
no protesté,
ya que no era judío.

Cuando vinieron a buscarme,
no había nadie más que pudiera protestar
.

Lo dijo tarde. Pero eso es otra historia. Lo grave es que sabiendo como nos la juega la derecha profunda, que parasita las instituciones formales y las informales, nadie —o casi nadie— percibiera que la lucha de una importantísima parte del pueblo catalán era contra ese yugo que renace regularmente en España, y, liberticida como es, aniquila todo lo que se opone a su idea de la España eterna.

Por eso, además de los catalanes —no solo los presos— en general, independentistas o no, perciben el menosprecio del Estado en todos los ámbitos. De un tiempo a esta parte, también grupos sensibles van recibiendo lo suyo. Los raperos que, con más o menos arte, cantan las cuarenta; los del 15-M, que son expulsados del ámbito público con querellas, mentiras y manipulaciones de estado; los sindicalistas que no comulgan con la bandera que no les ampara y les amordaza; los que denuncian la corrupción que parece un pozo sin fondo; los que creen que los dogmas de la Iglesia católica han de ser tomados, como mínimo, a chacota; los que creen que es, cuando menos, un bochorno salir a calles rotuladas con nombres de asesinos facciosos…

Como tienen patente de corso estos censores, recurren siempre a la misma llave para encerrar a los disidentes en el calabozo del silencio: la neutralidad de la administración

Ahora le ha tocado a un colectivo nada despreciable ni en calidad por sus esenciales reivindicaciones ni por la cantidad de los afectados por su marginación y desprotección real. Resulta que ya son varios los juzgados, el último uno de Sevilla, que prohíben a los ayuntamientos que en sus balcones ondeen las banderas del arcoíris en señal de una mínima solidaridad y respeto con un colectivo tan perseguido, maltratado y criminalizado como el LGTBI+. Pero esta prohibición no es nueva, la sala de lo contencioso-administrativo del TS, en su sentencia de 26 de mayo de 2020, ya estableció esa prohibición.

Cuando eran lazos amarillos, reivindicación de la libertad de expresión o en favor de los presos políticos, las sentencias y resoluciones de todo tipo de órganos y organillos prohibiéndolos e incluso condenando penalmente a los renuentes al cumplimiento de sus absurdos mandatos, contrarios a la razón y a la democracia, nadie o muy pocos se atrevieron a poner en cuestión, fuera de los círculos sediciosos habituales, los desmanes censores públicos.

Ahora estos desmanes, que gozan de carta blanca —la última, la inadmisión a trámite del recurso de casación contra la condena del Tribunal de Cuentas por el 9-N—, también se dirigen contra grandes y extensos grupos sociales.

Como tienen patente de corso estos censores, recurren siempre a la misma llave para encerrar a los disidentes en el calabozo del silencio: la neutralidad de la administración.

La neutralidad de la administración es una paparrucha tan burda como la carta de la manga que le sale al mago en una fiesta infantil: una pura trampa sin ninguna gracia ni decoro.

La administración, según esta lacerante doctrina, ha de ser neutral, lo que impide que se manifieste sobre la independencia, los presos, los perseguidos, la igualdad de todos los ciudadanos, el derecho a amar a quien y como se quiera, entre otras muchas necedades sacralizadas por unas instituciones caducas y refractarias a cualquier cambio de su statu quo.

La neutralidad como límite de algo o base de algo no viene en ninguna norma: ni en la Constitución, ni en las leyes de procedimientos administrativas o judiciales

La neutralidad como límite de algo o base de algo no viene en ninguna norma: ni en la Constitución, ni en las leyes de procedimientos administrativas o judiciales. La razón es simple. Como ya dice la propia Constitución, la administración pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al derecho.

Nada de neutralidad, sino objetividad, es decir, no discriminación. ¿Por qué? Pues porque una cosa es la administración y otra el gobierno que la dirige. Los diversos gobiernos que dirigen la administración son de base electiva, es decir, fruto del sufragio universal, fruto a su vez de haber vencido con su programa en unas elecciones. Ese programa vencedor (solo o en coalición) es el que deberá llevar a cabo, materializándolo, la administración correspondiente.

El programa de gobierno se llevará a la práctica con criterios de no discriminación, de eficacia y de igualdad de trato. Podrá molestar —¡ay, la ofensa permanente de los autoofendidos!— que atienda en la ventanilla un funcionario con todos los símbolos LGTBI+, pero si la atención es la que marca la ley, habrá prestado el servicio público con objetivad, tal como manda ley. Podrá haberse acudido a una oficina municipal adornada hasta la saciedad con lazos amarillos —o de cualquier otro color—, pero si el ciudadano sale de las dependencias con su tema resuelto, ¿dónde está el problema?

Que las administraciones tengan un color y que sus dirigente electos lo impongan —esa es la obligación que tienen con sus electores— en nada obsta con la limitación liberticida de la neutralidad.

Pero ya sabéis. Van a por vosotros, también. Al final a por todos.

 

Nota: Aquest article s'ha escrit originalment en castellà.