La Audiencia Nacional ha descartado el delito de terrorismo y ha condenado a dos años de prisión por delito de desorden público a cuatro jóvenes implicados en los incidentes ocurridos en el caso de Pamplona el 11 de marzo de 2017.
Los magistrados de la Sección Segunda de la Sala de lo Penal consideran probada la participación de Asier P.B, Rubén I.B y Endika E.M, y Julen P.G en los hechos pero rechazan que se trate de terrorismo puesto que para ello se tendrían que haber cometido "por una organización, grupo terrorista o individualmente pero amparados por ellos". "No ha quedado acreditado que los acusados actuaran con la protección o amparo de la organización terrorista ETA o de ninguna otra", confirma la sentencia.
Esta noticia llega el mismo día que la Audiencia Nacional se haya pronunciado de forma similar a las agresiones a dos guardias civiles y sus parejas en Alsasua (Navarra) en octubre de 2016 y cuya sentencia se ha conocido también este viernes. Por estos hechos ha condenado a ocho personas también por desorden público, amenazas, lesiones y atentado a la autoridad, pero no por delitos terroristas como solicitó la Fiscalía.
