El fiscal general del Estado ha aprovechado la primera sesión de su juicio para arremeter contra el juez instructor que lo ha estado investigando durante meses. En nombre de su defensa, en el turno de cuestiones previas, Consuelo Castro ha denunciado que Álvaro García Ortiz fue objeto de una investigación con una “naturaleza inquisitiva” y un “carácter eminentemente prospectivo” en la que hubo “constantes y patentes vulneraciones al derecho a la tutela judicial efectiva: “Inquisitiva porque llama la atención la proactividad del instructor y el número de diligencias acordadas de oficio, su intensidad y su carácter invasivo. Fue él quien principalmente asumió la iniciativa de buscar pruebas de cargo vulnerando el principio acusatorio. Y prospectiva porque desde el principio se persiguió buscar pruebas que hicieran aflorar otras conductas delictivas”. “Tanto por su número como por su entidad, las irregularidades cometidas en la instrucción nos permiten sostener que el fiscal general del Estado ha sido sometido a un proceso injusto en su conjunto, en el que sus derechos no se han visto garantizados y no ha podido defenderse en las condiciones exigibles”, ha añadido.

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Asimismo, ha lamentado que fue una “investigación unidireccional” con una “orientación prejuiciosa y sesgada” que estuvo caracterizada por la “desidia o resistencia” del instructor a “investigar otras posibles fuentes” de la filtración del correo. “La forma en la que se ha desarrollado instrucción poden de manifiesto que se inició con la idea preconcebida de que era culpable y con el objetivo de conseguir las pruebas que pudieran demostrar la culpabilidad”, ha esgrimido. Ha alegado que “se vulneró el derecho a la presunción de inocencia” porque la investigación “se orientó” solo hacia Álvaro García Ortiz y se descartaron “sistemáticamente” la investigación de “otras alternativas, no solo perfectamente verosímiles, sino respaldadas por las evidencias practicadas”. Además, ha apuntado que la instrucción “se ha caracterizado por la ambigüedad en la determinación de los hechos investigados y por la constante variación en los relatos de hechos sin posibilidad de saber si las inclusiones o exclusiones de hechos suponían alguna variación en los cargos o en el ámbito de la investigación”.

Vulneraciones de los derechos a la intimidad personal y familiar, a la vida privada y al secreto de las comunicaciones 

Consuelo Castro ha centrado sus críticas en la entrada y registro que hizo la Guardia Civil en su despacho el 30 de octubre de 2024 y en el que se incautaron sus dispositivos móviles. Su defensa ha denunciado que se vulneraron los derechos a la intimidad personal y familiar, a la vida privada y al secreto de las comunicaciones. “El instructor dio vía libre para copiar absolutamente toda la información del fiscal general del estado existente en sus dispositivos electrónicos, personales y profesionales y en cualquier servidor o repositorio. Y, en consecuencia, la policía judicial procedió a clonar el contenido íntegro de todos estos dispositivos y de las cuentas que el fiscal general del Estado tenía en la mano”, ha relatado. “Sin implementar ningún filtro ni separación previa de información irrelevante o especialmente protegida y sin adoptar ninguna garantía eficaz para evitar que el equipo policial accediera y copiara materiales privados o reservados”, ha apostillado.

“La incoherencia interna del auto [que autorizaba el registro], la amplitud con la que se encuentra redactado y la imposibilidad del fiscal general del Estado de defenderse al ignorar cuál era su contenido, como consecuencia de la declaración de secreto, determinaron que la policía judicial incautara una enorme cantidad de información de manera indiscriminada”, ha señalado. Y ha cuestionado la declaración de secreto de las actuaciones: un auto con una motivación “inexistente” y un secreto “innecesario” y con una duración “excesiva y desproporcionada”. “Obligó a la defensa a tener que recurrirlo a ciegas e impidió a la defensa oponerse a lo que resultó ser una infracción excesiva e injustificada”, ha añadido. Por todo ello, Consuelo Castro ha solicitado que se expulse de la causa todo el material “indebidamente obtenido” en la entrada y registro de su despacho y todas las diligencias basadas en el análisis de este material, incluidos los informes de la UCO.

La fiscal también critica el registro del despacho: Una ficción huérfano de todo sustento”

En nombre de la Fiscalía, ha tomado la palabra la teniente fiscal del Supremo, María Ángeles Sánchez Conde, que ha denunciado que la entrada y registro del despacho del fiscal general del Estado se acordó a través de una “ficción huérfana de todo sustento […] sin el más mínimo sustrato fáctico ni jurídico” y ha recriminado al juez instructor que fue “consciente” que la “insólita medida” tenía un “eco mediático insoportable”. “Cuando se realizan las entradas y registros, se hacen en virtud de una resolución que acuerda un periodo que no es capaz de ser contrastado con el derecho de las personas cuyas derechos han sido violentados de la necesaria proporcionalidad de la medida, habida cuenta su aberrante duración”, ha verbalizado.

Además, ha criticado la “amplitud desmesurada” del registro y lo ha equiparado a las diligencias que “acuerda la Audiencia Nacional cuando tiene que perseguir los más graves crímenes terroristas”. Asimismo, ha reprobado que el entorno de Isabel Díaz Ayuso quiso “construir un relato deliberado para perjudicar al fiscal general del Estado” y ha cuestionado que la Sala de Apelación aceptara “sin pestañear” que los hechos “se habían cometido incuestionablemente a través de los medios telemáticos”.

Las acusaciones rechazan las quejas y elogian la instrucción del juez Hurtado

Como respuesta, todas las acusaciones han cuestionado las quejas que ha expresado Consuelo Castro y han avalado la investigación del juez Ángel Hurtado. Por un lado, Ignacio de Luis Otero, el abogado del Colegio de la Abogacía de Madrid, la ha presentado como una instrucción “modélica en cuanto a sus razonamientos, su ejecución y sus tiempos”. Por otro lado, Juan Antonio Frago, letrado de la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales, ha sostenido que la instrucción “no ha podido ser más pulcra”. “No debemos olvidar que el acusado es una personalidad que es de las pocas que está nombrada específicamente en nuestra Constitución. Tal ha sido así que se ha dado la circunstancia de que no se ha registrado la vivienda personal del acusado, que es donde muy probablemente se estaba cometiendo materialmente el hecho delictivo”, ha justificado.

Y Gabriel Ramos, el abogado de Alberto González Amador, se ha expresado en la misma línea: “Todas las cuestiones de injerencias o falta de fundamento deben de negarse de plano”, ha subrayado. “Todas las injerencias en los derechos fundamentales han sido acordadas y ratificadas por resoluciones judiciales que han expresado su legalidad, su proporcionalidad, su necesidad, la concurrencia de principios de idoneidad y de especialidad, la extensión temporal y las garantías con respecto a los objetos incautados”, ha añadido. “Mucha queja abstracta general, y concretas ninguna”, ha apostillado.

Finalmente, Fernando García-Capelo, el abogado del Foro Libertad y Alternativa, ha cuestionado las quejas de la defensa del fiscal general del Estado en relación con el borrado de su móvil. “La incautación de los terminales móviles no está destinada a probar la culpabilidad, sino a la investigación”, ha esgrimido. “Si se nos dice que está destinada a aprobar la culpabilidad, es porque está bien que en los terminales móviles podría haber elementos incriminatorios”, ha añadido. “Cuando se nos dice que solo se buscan diligencias para probar la culpabilidad, realmente se nos está reconociendo que en esos móviles había elementos para probar la culpabilidad”, ha apostillado.