Una reforma de la Constitución exprés o una reforma de la ley de referéndums. Estas son las dos posibles soluciones para resolver el conflicto catalán de forma pactada, y que todavía no han sido exploradas por el Govern, que propone el Instituto de Estudios del Autogobierno (IEA), un centro de investigación adscrito al Departamento de Presidencia que realiza análisis teórico y de política comparada no vinculantes para el ejecutivo.

En un informe hecho público este miércoles, titulado 'Democracias y referéndums de independencia', el IEA expone dos nuevas posibilidades para conseguir un referéndum pactado. Por una parte, propone resolver el conflicto con una reforma de la ley española de referéndum. Es decir, introduciendo una disposición adicional expresamente para el caso catalán dentro de la Ley española orgánica reguladora de las modalidades de Referèndums (1980). Para hacerlo, sin embargo, haría falta un acuerdo político previo, que en estos momentos parece difícil. Además, no cierra la puerta al hecho de que los partidos contrarios lo puedan llevar en el Tribunal Constitucional, que lo podría invalidar, hecho que la hace poco viable.

Por otra parte, plantea un cambio constitucional que habilitara la posibilidad de hacer un referéndum, aunque también plantea una reforma territorial del Estado en clave plurinacional. Esta reforma también se haría a través de una disposición adicional. El informe considera que se podría canalizar a través del procedimiento exprés, es decir, con la aprobación de los 3/5 del Congreso. Este procedimiento sería más rápido que la reforma constitucional completa, ya que requiere su aprobación tanto en el Congreso como en el Senado, la disolución posterior de ambas, nuevas elecciones y ratificación por parte de las dos cámaras, además de un referéndum definitivo. 

Ventajas e inconvenientes

Además, el informe considera que las dos vías tienen varios inconvenientes. En primer lugar, considera que las vías de reforma planteadas aumentan la disonancia con la hoja de ruta del 1-O, profundizan la división del independentismo -por las diferentes estrategias de cada partido-, y disminuyen las posiciones negociadoras porque muestran debilidad política. También consideran que, en el caso de la reforma constitucional, se puede poner en riesgo el autogobierno, en caso que la apertura del debate acabara en una recentralización, y que se puede dilatar el tiempo del procés.

A pesar de todo, el IEA considera que si no se sigue ninguna de estas vías, el procés se seguirá sin resolver, y descartan que la implementación de los resultados del 1-O sea una vía que solucione el conflicto, ya que consideran que la represión hace imposible que cumpla los estándares internacionales. En este sentido, consideran que la reforma constitucional o de la ley de referéndum también tiene muchas ventajas, como el hecho de que propiciaría un acercamiento de la legitimidad política a criterios de legalidad, incentivaría las mayorías más allá de las fuerzas independentistas y aumentaría la legitimidad ante la Comunidad Europea e internacional.

Este es el primer informe de una serie de documentos que prepara el IEA para proporcionar elementos analíticos de búsqueda sobre cómo descongelar el conflicto catalán y hacer que la estrategia del Govern y los partidos sea menos improvisada. El segundo informe tratará las relaciones intergubernamentales de los estados plurales (federales y regionales) y qué relación tienen entre los dos niveles de gobernabilidad. El primer informe será entregado en los próximos días al presidente Quim Torra.

De moment, però, totes els intents que el Govern ha fet fins ara per aconseguir un referèndum pactat han fracassat.

Todos los intentos frustrados de un referéndum acordado

El día de su declaración ante el Tribunal Supremo, el exconseller Josep Rull aprovechó para enumerar todos los intentos que se han impulsado desde Catalunya por intentar convencer al Estado español de que se aviniera al referéndum.

Pedir al presidente español que lo convoque (artículo 92)

El primero de probarlo fue Artur Mas. En julio de 2013 emplazó el entonces presidente, Mariano Rajoy a impulsar el referéndum desde las instituciones españolas. Según el artículo 92 de la Constitución, "las decisiones políticas de especial trascendencia podrán ser sometidas a referéndum", que tendrá que convocar "al Rey, mediante propuesta del presidente del Gobierno previamente autorizada por el Congreso de los Diputados". Carles Puigdemont lo volvió a intentar con idéntico resultado: uno no como una catedral.

Transferir las competencias de convocar el referéndum a Catalunya (artículo 150.2)

Instados por una amplia mayoría en el Parlament de Catalunya, Jordi Turull, Marta Rovira y Joan Herrera fueron al Congreso a pedir formalmente que Catalunya pudiera asumir las competencias para convocar referéndums, una posibilidad que recoge el artículo 150.2 de la Constitución. La propuesta fue tumbada por 299 votos en contra (PP, PSOE, UPyD, Foro Asturias y UPN), 47 a favor (CiU, ERC, PNV, Amaiur, BNG, Nueva Canaria, Compromiso y Geroa Bai) y la abstención de Coalición Canaria. Pronto hará cinco años. Podemos y Ciutadans ni siquiera existían en el Congreso.

Leyes de consultas populares refrendaries y no refrendaries

En pleno procés de desarrollo del Estatuto, en 2010 el Govern de Montilla aprobó la ley de consultas populares por la vía de referéndum. La ley, eso sí, reserva la exclusiva de autorizar los referéndums sólo al Estado. Para tratar de fintar este hecho y con la vista puesta ya en la autodeterminación, el ejecutivo de Artur Mas impulsó una versión de aquella ley, la de consultas populares no refrendáries, consultivas y no vinculantes. De esta manera se ofrecía al Estado la posibilidad de permitir el referéndum de manera pasiva, simplemente no impugnando ni la convocatoria ni los resultados. Es conocido que esta vía tampoco llegó a buen puerto.

Elecciones plebiscitarias

El 27-S de 2015, después de un 9-N que no fue vinculante pero que sí que contó con una participación masiva, el presidente Mas quiso ratificar aquellos resultados y obtener un mandato vinculante a través de unas elecciones que bautizó como plebiscitarias y en el cual invitaba al electorado a votar independencia 'sí' o 'no'. El hecho de que los comunes no se definieran truncó aquellos planes|. El 'sí' ganó al 'no', pero no superó el 50%.