El expresidente de la Sindicatura Electoral del 1-O, el catedrático Jordi Matas, ha sido tajante para definir lo que es la Fiscalía del Estado español: "Tiene un papel represor", ha dicho en declaraciones a Catalunya Ràdio. Esta es la respuesta que ha dado después de recibir un recurso por parte de este órgano contra la sentencia de absolución de los miembros de la sindicatura electoral del 1 de octubre.

Recordamos que los cinco síndicos absueltos son: Jordi Matas de la Universitat de Barcelona, pero también la profesora de Ciencia Política en la Universitat Pompeu Fabra (UPF) Tània Verge; el profesor de Derecho Administrativo en la UB Marc Marsal; el profesor de Derecho Constitucional de la Universitat Autònoma de Barcelona (UAB) Josep Pagès, y la abogada Marta Alsina.

Precisamente, en la línea de la tarea educativa y como catedráticos en la materia, Matas ha dado un consejo a la Fiscalía: "Estaría bien que se miraran el artículo 124 de la Constitución. Desde esta perspectiva, ninguna sorpresa, ya sabíamos que perseguiría nuestra actividad académica".

¿Qué dice el artículo 124?

Si entramos en el detalle de la Constitución, el escrito remarca la independencia de los órganos de poder y sus funciones:

  1. El ministerio fiscal, sin perjuicio de las funciones encomendadas a otros órganos, tiene la misión de promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la ley, de oficio o a petición de los interesados, así como velar por la independencia de los Tribunales y procurar ante ellos la satisfacción del interés social.

  2. El ministerio fiscal ejerce sus funciones por medio de órganos propios de acuerdo con los principios de unidad de actuación y dependencia jerárquica y con sujeción, en todo caso, a los de legalidad e imparcialidad.

Por todo ello, Matas concluye: "No hay ningún tipo de criterio jurídico en el recurso, la Fiscalía no ha aportado ni una sola prueba, que se lo hagan mirar, porque si en todo un juicio no aportan nada de ningún delito y ahora con la palabra lo intentan, se demuestra que hay voluntad de pedirnos prisión y es un tiempo que te hace estar en tensión". Recordamos que este ministerio público pide 2 años y nueve meses de prisión.

El exsíndico no niega la "sorpresa" que le provoca el recurso ante una "sentencia contundente" pero lo justifica con la actitud de la Fiscalía, "que últimamente hace un papel que no le corresponde". Y pide que aprendan a diferenciar lo que es un delito de "la responsabilidad académica".

El pasado 15 de abril, el juzgado de lo penal número 11 de Barcelona absolvió a los cinco miembros de la Sindicatura Electoral del 1-O. La sentencia constata que no se acredita que dieran ninguna instrucción u orden ni que se volvieran a reunir después de las providencias dictadas por el TC. "No se ha probado ninguna actuación de ellos con posterioridad" en el TC, dice la resolución, que remarca que todos los testigos lo niegan y "no hay ningún documento en la causa que así lo indique", según el texto judicial.