Un juzgado de Madrid ha abierto diligencias previas contra Sofía Puente, hermana del ministro de Transportes, Óscar Puente, a raíz de una querella por un presunto delito de prevaricación administrativa presentada por la asociación Hazte Oír, y relacionada con la conocida como ley de nietos. La causa, instruida por la magistrada Inmaculada Lova, se centra en la etapa de Puente como directora general de Seguridad Jurídica y Fe Pública, dependiente del Ministerio de Justicia.
La acción penal presentada por Hazte Oír tiene origen en la llamada ley de nietos, una disposición adicional de la Ley de Memoria Democrática, en vigor desde octubre de 2022. Según la querella, durante su cargo en el Ministerio de Justicia, Sofía Puente firmó una instrucción administrativa que amplió el alcance de la norma, extendiendo la posibilidad de optar a la nacionalidad española a descendientes de emigrantes españoles más allá de los supuestos inicialmente previstos para exiliados por motivos políticos. La instrucción se dictó pocos días después de la entrada en vigor de la ley.
La providencia dictada por la jueza Lova no supone, de momento, ninguna decisión sobre el fondo del asunto. La resolución se limita a dar traslado de la querella al Ministerio Fiscal para que emita un informe sobre su admisión a trámite y sobre las diligencias que considere oportuno practicar. Una vez recibido este informe, el juzgado resolverá si sigue adelante con el procedimiento. Las diligencias abiertas no implican, por tanto, ninguna imputación formal contra Sofía Puente, sino el inicio de un trámite procesal previo y habitual en este tipo de causas.
El PP y Vox han situado la ley de nietos en la diana durante las últimas dos semanas. Ahora hace unos días, la Junta Electoral Central (JEC) acordó solicitar a la Oficina del Censo Electoral un informe completo sobre la aplicación de la norma, por la que se concede la nacionalidad española a los descendientes de exiliados, y avisó de que la determinación del municipio electoral en que se inscriban cada uno de los beneficiarios de esta disposición deberá estar "suficientemente motivada" si no se corresponde con su último domicilio en España.
"La determinación del municipio de inscripción electoral deberá quedar suficientemente motivada en el expediente cuando no resulte directamente de la última residencia en España, de manera que se pueda comprobar la concurrencia de los criterios aplicables y garantizarse la transparencia, objetividad e igualdad en la formación del censo electoral", recoge el texto de la JEC. De esta manera, el organismo responde a las diferentes solicitudes de formaciones políticas —entre ellas Vox—, que ha recibido en las últimas semanas alertando del incremento del número de personas que han hecho uso de esta vía para la obtención de la nacionalidad, desde su aprobación a finales de 2022.
