El juez ha imputado a José Luis Rodríguez Zapatero también por contrabando y delito fiscal por las joyas encontradas en su oficina, según ha informado este viernes la Audiencia Nacional. Concretamente, el magistrado José Luis Calama ha acordado abrir una pieza separada del caso Plus Ultra para investigar al expresidente del Gobierno en relación con los juegos de joyería que la Unidad Central de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) de la policía española encontró en Ferraz el pasado 19 de mayo, y que acaban de ser valorados en 1,3 millones de euros —una cifra muy por encima de los 50.000 euros que el entorno de Zapatero dijo al principio—. Además, el origen de las joyas todavía no está "justificado".
Con la tasación de las joyas, el juez ha indicado que tanto la posesión de bienes de lujo de valor elevado como la ausencia de trazabilidad fiscal sobre su adquisición constituye "un indicio objetivo y racional de la posible existencia de una defraudación tributaria relevante, en tanto que la adquisición de joyas del valor indicado genera necesariamente obligaciones fiscales, ya sea en concepto de IVA, Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, e IRPF, según la naturaleza del negocio jurídico". Además, según el magistrado, la posible falta de acreditación sobre la adquisición de las joyas podría facultar a la Agencia Tributaria para imputar una ganancia patrimonial no justificada al IRPF de Zapatero, resultando aplicable un tipo marginal alrededor del 46%. De esta manera, añade, la inexistencia de declaración o pago de cualquiera de estos tributos permite inferir la posible existencia de una cuota defraudada superior al umbral típico, que se sitúa en 120.000 euros.
El interrogatorio a Zapatero
Es por todo esto que el juez considera que los hechos pueden ser constitutivos de un delito contra la Hacienda Pública, a la vez que argumenta que la actuación del expresidente también podría encajar en un delito de contrabando "en la medida en que la introducción, tenencia o circulación en territorio nacional de joyas cuyo valor global asciende aproximadamente a 1.323.915 euros, sin acreditación del pago de los derechos arancelarios, impuestos especiales o tributos asociados a su importación, constituye un indicio objetivo de que tales bienes pudieron haber accedido al territorio aduanero de la Unión Europea eludiendo los controles y obligaciones fiscales exigibles". Añade que la ausencia de documentación aduanera, de facturas de importación o de cualquier justificante de despacho de aduanas impide descartar que las joyas hubieran sido introducidas en España al margen de los procedimientos de control aduanero, superando ampliamente el umbral cuantitativo de 150.000 euros previsto para la tipicidad penal.
Con todo, Calama apunta que Zapatero tiene la ocasión procesal adecuada para ofrecer las explicaciones que considere pertinentes y aportar la documentación "que pudiera disipar la indiciaria ilicitud de la posesión de los efectos intervenidos, ya sea acreditando su ilícita adquisición, o su correcta importación". En el auto, el juez acuerda comunicar la imputación al expresidente a través de su representación procesal para que pueda tomar conocimiento y ejercer su derecho de defensa, y señala que la declaración por los nuevos delitos será el mismo día para el que ya estaba citado en la pieza principal del caso Plus Ultra. Es decir, los próximos 17 y 18 de junio.
Por otra parte, el magistrado defiende que la aparición de estos hechos exige tramitarlos en una pieza separada de la principal, que se sigue por delitos de tráfico de influencias, blanqueo de capitales, falsedad documental y organización criminal, entre otros. ¿El motivo? Evitar la innecesaria complejidad y la denominada "elefantiasis procesal" que el legislador ha querido corregir. Para el juez, existen suficientes elementos para investigar todo lo que esté relacionado con las joyas en una investigación autónoma, sin perjuicio de las diligencias que se puedan acordar para determinar su origen y eventual relevancia penal.
También considera que los hechos relativos a la intervención de las joyas presentan naturaleza, estructura y posibles responsables diferentes de los investigados en el caso Plus Ultra, ya que estos hechos parecen vinculados únicamente a Zapatero. Entonces, incorpora en esta pieza la documentación y efectos intervenidos y poner en conocimiento del investigado de esta nueva imputación con el fin de que pueda ejercer el derecho de defensa en relación con estos nuevos hechos.
