“La información contenida en los correos electrónicos ya era conocida por otras personas con anterioridad a que el fiscal general del Estado adquiriera conocimiento de la misma y previamente a que se difundiera la nota informativa de la Fiscalía”. Es el principal argumento que esgrime la Fiscalía en el escrito que ha presentado en el Tribunal Supremo, al que ha tenido acceso ElNacional.cat, pidiendo la absolución de Álvaro García Ortiz en el juicio que tendrá lugar en las próximas semanas. “Los hechos descritos no son constitutivos de delito alguno. Al no ser los hechos constitutivos de delito, no cabe responsabilidad alguna”, alega el escrito, firmado por la teniente fiscal del Supremo y número dos de la Fiscalía, María Ángeles Sánchez Conde. El fiscal general del Estado se afronta a penas de entre cuatro y seis años de cárcel por un presunto delito de revelación de secretos por haber filtrado supuestamente el correo en el que Alberto González Amador, la pareja de Isabel Díaz Ayuso, reconocía dos delitos fiscales. “Ninguna intervención puede atribuirse al fiscal general del Estado en la divulgación de los correos electrónicos intercambiados entre el fiscal Julián Salto y el letrado Carlos Neira”, concluye la Fiscalía.
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Por otro lado, la fiscal también quita importancia a los datos que aparecieron en la nota de prensa que difundió la Fiscalía de la Comunidad de Madrid con membrete de la Fiscalía Provincial de Madrid el 14 de marzo, horas después de que se produjera la supuesta filtración del correo. “Esta nota contenía hechos ciertos y acreditados, que desmentían las informaciones inveraces publicadas por algunos medios de comunicación y responsables públicos, eran de público conocimiento con anterioridad a la difusión de aquella y demostraban que el fiscal responsable del asunto se había atenido escrupulosamente a sus deberes profesionales”, argumenta el escrito.
La cronología del 13 de marzo de 2024
En el documento, de siete páginas, la Fiscalía repasa los hechos que desembocaron en la causa judicial contra Álvaro García Ortiz en el Tribunal Supremo. Recuerda que todo estalló cuando el 13 de marzo de 2024 el jefe de gabinete de Ayuso, Miguel Ángel Rodríguez, “transmitió a múltiples periodistas que la Fiscalía había ofrecido un acuerdo a González Amador y que, antes de que pudiera responder, la misma Fiscalía había recibido órdenes ‘de arriba’ para impedir el acuerdo”. A las 21:29 horas, El Mundo publicó la noticia y el redactor que la firmaba “confirmaba haber tenido acceso al correo electrónico y a la propuesta del fiscal del asunto e incluía datos que no constaban en esa comunicación remitida por el fiscal al letrado”.
Posteriormente, “como consecuencia de las publicaciones”, que “suponían atribuir al Ministerio Fiscal un comportamiento que se alejaba del adoptado en supuestos idénticos, que carecería de sustento legal y que le ocasionaba un evidente perjuicio”, la fiscal superior de Madrid contactó telefónicamente con el fiscal general del Estado. Después, Álvaro García Ortiz, siguiendo el procedimiento previsto en el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, pidió que “se le informase sobre la actividad llevada a cabo por la Fiscalía Provincial de Madrid en relación con los datos publicados”. Y ello “permitió constatar que no había habido ningún ofrecimiento de acuerdo por la Fiscalía ni, por ello, una ulterior retirada del mismo”, apostilla la Fiscalía. Finalmente, “a instancias” del fiscal general del Estado, se difundió la nota informativa.
Dos decretos firmados por Álvaro García Ortiz para “no intervenir” en el papel de la Fiscalía
Hace meses que Álvaro García Ortiz se apartó de las causas vinculadas con la pareja de Isabel Díaz Ayuso para evitar interceder en ellas. Firmó dos decretos (el 1 de abril de 2024 y el 30 de octubre de 2024) en los que, “ante la conveniencia de preservar la imagen de imparcialidad” del Ministerio Fiscal, decidía “no intervenir en dación de cuenta, seguimiento y/o cualesquiera otros trámites que deban tener lugar” y acordaba abstenerse en todas las cuestiones relativas a Alberto González Amador: primero del caso de fraude fiscal y, posteriormente, de la causa contra él en el Supremo. Es la forma de que ni la teniente fiscal del Supremo ni la Fiscalía de Madrid tengan que informarle sobre sus acciones o puedan pedirle qué criterio hay que seguir.
De hecho, la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales, que es una de las acusaciones populares, ha pedido en dos ocasiones que se suspenda temporalmente a Álvaro García Ortiz para “garantizar el correcto desarrollo del proceso” escudándose en la relación que hay entre él y la número dos de la Fiscalía. “Si continuara siendo fiscal general del estado en el acto del juicio oral, él sería el superior jerárquico del fiscal designado para intervenir y, en calidad de tal, podría impartirle órdenes”, señaló en un escrito a finales de julio. “Esto provocaría una distorsión inaceptable: el fiscal designado, en vez de ‘promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad’, actuaría al servicio del propio acusado”, añadía. “Esta insólita situación dinamitaría los principios constitucionales que rigen el funcionamiento del Ministerio Fiscal”, remachaba. Sin embargo, el juez cerró la puerta a ello cuando lo envió a juicio.