Nueva irregularidad de Vox. Si bien ya han sido investigados por sus cuentas y también fueron expedientados por parte de la Junta Electoral Central (JEC) por pagar publicidad electoral antes de la campaña del 23-J, ahora el Tribunal de Cuentas, el órgano del Estado que fiscaliza las administraciones públicas y los partidos políticos ha abierto un expediente sancionador a Vox por un presunto caso de financiación irregular, según ha adelantado El País este viernes. La formación de extrema derecha española habría podido incurrir en infracciones por haber aceptado "donaciones finalistas" —con una finalidad concreta prefijada, como podría ser una campaña de crowdfunding— que la ley de financiación de partidos de 2007 prohíbe, por lo que el organismo público propone una sanción con dos multas que ascienden a un importe total de 233.324, 22 euros a pagar.

El expediente abierto por el organismo fiscalizador señala que en abril del 2019, Vox inició una campaña de financiación con la que recaudar fondos para los 15.000 euros que el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya pedía para querellarse contra el expresidente de la Generalitat Quim Torra por "rebelión, colaboración con grupo terrorista y conspiración". Entonces, la formación de Abascal apuntó en sus cuentas un ingreso de 31.664,80 euros a través de este micromecenazgo. Poco después, en julio de 2019, Vox lanzó una nueva campaña de financiación colectiva para pagar la fianza de un joven malagueño condenado a dos años de prisión por haber matado a un ladrón que huía después de haber robado el bolso a una mujer. #AyudemosABorja recaudó en total 120.482,93 euros de más de 5.000 donantes.

La ley prohíbe a los partidos las donaciones finalistas

La Ley Orgánica de Financiación de Partidos 8/2007 señala explícitamente que quedan prohibidas las donaciones a partidos políticos con un sentido "finalista", es decir, para un objetivo concreto, como sería el caso de estas dos campañas de Vox, por lo que el Tribunal de Cuentas ha decidido expedientarlos. El partido de extrema derecha, por su parte, alegó en el organismo que la ley solo prohíbe las donaciones finalistas si la finalidad de la cual lo establece el donante, para evitar que se condicione la actividad del partido político, pero no cuando la finalidad la establece el partido en sí mismo, como sería el caso.

El Tribunal tumba las alegaciones de Vox

Por el contrario, el Tribunal de Cuentas señala en su expediente que la Ley 8/2007 también establece que las donaciones a partidos tienen que ser irrevocables, es decir, no se tienen que devolver al donante en ningún caso, mientras que toda donación finalista, con una causa concreta fijada previamente, tiene que devolverse si no se consigue el objetivo. En consecuencia, se está incurriendo en todo caso en un incumplimiento de la ley de financiación de partidos, de una forma o la otra.

Por otra parte, cuánto al caso de la campaña por el joven malagueño condenado a prisión, Vox alegó que el partido no fue destinatario de las donaciones, sino que lo era el condenado y que la formación de Abascal solo era un intermediario que en ningún caso se atribuyó o benefició de la cantidad obtenida. En este sentido, el Tribunal de Cuentas ha señalado también que la legislación de partidos prohíbe que una formación política actúe como intermediario o canalizador de donaciones a terceros, por lo que se incurre nuevamente en una irregularidad.