Al día siguiente de la reunión entre Quim Torra y Pedro Sánchez, al día siguiente del restablecimiento de las relaciones bilaterales entre los gobiernos catalán y español, el juez Pablo Llarena ha vuelto a intervenir en el escenario político. Casual o no, el magistrado del Tribunal Supremo ha suspendido las funciones de Carles Puigdemont, Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull, Josep Rull y Jordi Sànchez como diputados. Los deja sin sueldo, pero también sin voto. E incluso se inventa una figura nueva, la del diputado "temporal".

En su auto, el juez Pablo Llarena señala que, para no alterar las mayorías en la cámara, "no existe impedimento procesal para que los cargos y funciones públicas que corresponden a los procesados puedan ser ejercidos de manera plena, pero temporal, por otros integrantes de sus respectivas candidaturas, si tal decisión se contemplara por el Parlament".

Esta figura de un diputado que asume "temporalmente" los cargos y funciones no está contemplada por el reglamento del Parlament, ni en la LOREG, ni en ninguna parte. Fuentes de la Mesa de la cámara denuncian que esta previsión "no tiene ninguna base", porque sería como "nombrar diputados provisionales", y no simplemente delegar el voto como hasta ahora hacían. El magistrado habla de ejercer los derechos "de manera plena".

El lío jurídico es importante. Si bien no lo especifica, esto supondría muy probablemete que otros integrantes de la candidatura ―los siguientes de las listas electorales― asumieran el acta de los diputados procesados, un acta que es personal e intransferible y a la que sólo pueden renunciar ellos, no el grupo. En caso de renuncia a esta acta "temporal", presentada a la Mesa, se tendría que correr de nuevo la lista, impidiendo a los diputados suspendidos recuperarla.

Por otra parte, si los diputados procesados decidieran renunciar a su acta de forma voluntaria en lugar de delegar las funciones temporalmente, ya no podrían recuperar su escaño posteriormente.

Desde JxCat se ha criticado la "fórmula innovadora" de la suspensión temporal. "No entraremos en este juego de despropósitos", ha asegurado su portavoz, Gemma Geis, este martes por la tarde. La portavoz de ERC, Anna Caula, ha pedido tiempo para analizar estos "elementos".

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Foto: Carles Palacio

¿Es aplicable la suspensión?

El juez Llarena se aferra al artículo 384 bis de la ley de enjuiciamiento criminal, que prevé la suspensión automática de las funciones con un auto de procesamiento en firme y con una prisión provisional decretada "por un delito cometido por una persona integrada o relacionada con bandas armadas o individuos o rebeldes". Entre los juristas se plantea una pregunta: ¿es aplicable en este caso?

"La norma se refiere a sujetos integrados en bandas armadas o que están relacionados, o que son terroristas o rebeldes ellos mismos", recuerda Joan Queralt, catedrático de Derecho Penal, en un artículo en El Nacional. En este sentido, el jurista llega a la conclusión de que "si se aplica la ley, ley bastante maltratada hasta ahora por quien más y mejor la tendría que aplicar y garantizar, la respuesta tiene que ser negativa: no puede tener lugar ninguna suspensión".

En los mismos términos se ha pronunciado el abogado de Puigdemont, Jaume Alonso-Cuevillas, que señala que "sólo es aplicable en supuestos de terrorismo", que "requiere no sólo orden de prisión, sino también situación de prisión", y que el procesamiento no puede considerarse firme "si todavía puede ser recorrido por alguna parte".

Y el propio Tribunal Constitucional situó en sus términos la aplicación de este precepto: "Por definición, la rebelión se realiza por un grupo que tiene el propósito de uso legítimo de armas de guerra o explosivos, con una finalidad de producir la destrucción o eversión del orden constitucional".

Pero este no es el único debate legal abierto. El reglamento del Parlament no prevé este supuesto, y deja la suspensión de un diputado en manos del pleno de la cámara. Según el artículo 25 de la norma, los diputados pueden ser suspendidos por el hemiciclo "si es firme el acto de procesamiento o de apertura de juicio oral y el pleno del Parlament lo acuerda por mayoría absoluta". El mismo artículo señala que la votación en el pleno tendría que venir después de un dictamen motivado de la Comisión del Estatuto de los Diputados.

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Foto: Sergi Alcàzar

Responsabilidad hacia la Mesa

El juez del Tribunal Supremo traslada toda la responsabilidad a la Mesa del Parlament, órgano al que comunica la suspensión automática de los diputados procesados por rebelión y al que también señala el camino de la suspensión "temporal" de los cargos y funciones de estos parlamentarios. Nuevamente, la Mesa del Parlament se encuentra en una encrucijada: acatar lo que dice la justicia española u optar por la desobediencia.

Hasta el momento, la Mesa, con el presidente Roger Torrent, ha evitado todo riesgo penal durante la legislatura. Así se vio cuando se plantearon las investiduras fallidas de Carles Puigdemont, Jordi Sànchez y Jordi Turull. Este hecho ha generado fricciones entre JxCat y la CUP por un lado, y ERC por el otro.

El independentismo ahora acaba de analizar el auto de Llarena para trazar el camino a seguir. Con diferentes intensidades, tanto JxCat como ERC, como la CUP han planteado la necesidad de defender los derechos políticos de los diputados suspendidos. Está previsto que todo se aborde en la reunión de la Mesa de este jueves por la mañana.