Se sacude las responsabilidades. El eurodiputado y líder de Se Acabó La Fiesta (SALF), Alvise Pérez, está investigado por el Tribunal Supremo por presuntos delitos de falsedad en documento privado e injurias por haber difundido una prueba de coronavirus falsa del actual presidente de la Generalitat y entonces candidato del PSC, Salvador Illa, durante la campaña electoral de las elecciones catalanas de 2021. Hoy ha declarado voluntariamente en el Tribunal Supremo (a la espera que el Parlamento Europeo tramite su suplicatorio y le levante la inmunidad) y se ha desmarcado de los hechos. “Evidentemente, le he contestado al juez que era un documento que ya estaba circulando masivamente por todas las redes sociales”, ha relatado a su salida delante de los medios de comunicación.

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“Le he dado las oportunas explicaciones de que no había ningún elemento de mala fe o de injuria hacia el señor Illa”, ha añadido. Asimismo, el eurodiputado ha aprovechado para cargar contra el PSOE considerando que es “curioso” que la denuncia la presentara la Fiscalía y que los socialistas se haya personado como acusación popular. “El Partido Socialista se está presentando como acusación en todas las causas referidas a mí. O sea, es bastante llamativo, incluso pagando en algunas causas hasta 15.000 euros”, ha señalado.

El Supremo consideró que hay “múltiples indicios fundados” para investigarle

Fue hace dos meses cuando la Sala Penal del Supremo arguyó que la exposición razonada del Juzgado de Instrucción número 33 de Barcelona aportaba “múltiples indicios fundados” en apoyo de la imputación. De hecho, reconocía que los que enumeraba la Fiscalía en su informe eran suficientes para constatarlo: por ejemplo, la acreditación del gerente del Hospital Quirónsalud Barcelona sobre la falsedad del informe médico relativo a Salvador Illa o el perjuicio manifestado por Illa en su declaración. El tribunal considera que los hechos podrían encajar en los delitos de falsedad en documento privado e injurias. En el primer caso, por “simular un documento de manera que induzca a error sobre su autenticidad” o “alterar un documento en alguno de sus elementos o requisitos de carácter esencial”. En el segundo caso, por difundir con “conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad” hechos que “lesionan gravemente la dignidad de otra persona, menoscabando su fama”.

¿Qué pasó? Se trata de un tuit que publicó Alvise Pérez el 11 de febrero de 2021 durante el debate electoral en La Sexta entre los candidatos al 14F: “Hola, Salvador Illa. Entre la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal o demostrar que un ministro y candidato autonómico de mi país miente… la segunda”, tuiteó. Y acompañó el texto con la fotografía de un documento que “simulaba un informe clínico” fechado el 6 de febrero elaborado en el centro Health Diagnosis (laboratorio del Hospital Quirónsalud Barcelona) en el que se hacía constar el resultado positivo de una supuesta prueba de detección de Covid-19 mediante PCR a Salvador Illa. “Documento totalmente falso que, según el fiscal, habría confeccionado Alvise Pérez con ánimo de perjudicar a Illa y al PSC en el marco de la campaña electoral”, remachaba el auto.

Dos causas más en el Supremo: la financiación ilegal de su partido y el acoso en las redes contra una fiscal

A día de hoy, Alvise Pérez tiene dos causas más abiertas en el Supremo. Por un lado, por supuesta estafa, apropiación indebida, blanqueo de capitales y falsedad documental por haber recibido 100.000 euros por parte del empresario Álvaro Romillo (también investigado) para las elecciones europeas de 2024. El Supremo lo relaciona con una presunta financiación ilegal de partidos por haber recibido donaciones superiores a las permitidas por la Ley Electoral. Álvaro Romillo denunció que en julio de 2023 Alvise Pérez contactó con él para la creación de una Wallet con el objeto de que se pudieran “financiar de forma económica encriptada a ‘ardillas’ que pudieran aportar documentos e información que puedan ser empleadas mediática y judicialmente contra la corrupción”. Posteriormente, ambos ampliaron su relación para “poder financiar con seguridad y holgura” la campaña electoral de SALF sin ser “controlada” por el Tribunal de Cuentas. Y en mayo de 2024, el empresario propuso a Alvise el anticipo de 100.000 euros para SALF de cara a las elecciones europeas.

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En el segundo caso, por los mensajes dirigidos a través de Telegram contra la fiscal delegada de delitos de odio y discriminación de València, Susana Gisbert. La fiscal lo denunció por los delitos de injurias a funcionario público, coacciones y odio a través de redes sociales por haber hecho un llamamiento a acosarla en Internet. En la resolución, el Supremo sostenía que “pudo existir una intención voluntaria y consciente” de “comprometer, de manera permanente y profunda, el normal desarrollo de la vida cotidiana de su víctima, a partir de la persecución que pudieran desplegar los centenares de personas que asumieran su reto”. El auto aludía a su “llamamiento que un grupo próximo a los 40.000 seguidores expresara y desarrollara una animadversión hacia la denunciante” y al hecho de que él “insistiera en esta reacción después de que muchos de sus seguidores hubieran reflejado explícitamente la intención en alterar el normal desarrollo de vida de la fiscal denunciante y su familia”.