Jose Luis Ábalos y Koldo García deberán comparecer en persona ante el Tribunal Supremo el próximo 12 de febrero. Así lo ha ordenado que el mismo tribunal ante sendas peticiones para seguir la audiencia preliminar por el caso de las mascarillas, pese a que ambos habían solicitado seguirla por videoconferencia alegando problemas de salud. Segun una providencia dictada por los magistrados que componen el tribunal, consultada por Efe, la solicitud de comparecencia telemática planteada por las defensas ha quedado rechazada. El Supremo ha tomado esta decisión tras revisar el contenido de los escritos presentados por el exministro y su exasesor, en los que comunicaban la existencia de diversos problemas médicos, y de los informes médicos aportados por Ábalos y el del Koldo García emitido por los servicios médicos del centro penitenciario de Soto del Real.

Ábalos y Koldo, en prisión preventiva desde el pasado 27 de noviembre, hicieron referencia también al menoscabo que podría producir en su estado de salud físico y anímico el traslado al Supremo para estar presentes 'in situ' en la audiencia preliminar. Se trata de una audiencia anterior al juicio oral para tratar las cuestiones previas, esto es, las partes podrán exponer la posibilidad de conformidades, la competencia del órgano judicial, la vulneración de derechos fundamentales, la existencia de artículos de previo pronunciamiento, causas de la suspensión de juicio, nulidad de actuaciones, así como sobre las pruebas propuestas. Tras ello se dictará un auto para resolver estas cuestiones y, en caso de seguir adelante y no aceptar las nulidades, ya sí fijar la fecha del juicio que previsiblemente será para abril. 

Causa trasladada al Supremo

Esta misma semana, la causa abierta en el Tribunal Supremo contra el exministro Áblaos, su exasesor García, pero también Santos Cerdán y Víctor de Aldama por el presunto amaño de obras públicas ha sido trasladada a la Audiencia Nacional. El magistrado Leopoldo Puente, el instructor del Supremo encargado de la investigación, declaró la pérdida de la competencia para continuar con el enjuiciamiento por el hecho que Ábalos había perdido la condición de aforado. El exministro mantenía su escaño en el Congreso pese a haber sido enviado a prisión preventiva, si bien la semana pasada renunció al acta, por lo que ya no está aforado y ahora la causa corresponde a la Audiencia Nacional. En el auto, el juez acordaba remitir esta causa al Juzgado Central de Instrucción número 2 de la Audiencia Nacional para continuar con la tramitación del procedimiento. Esta es una pieza separada sacada de la instrucción relativa a los contratos de mascarillas que fue abierta el pasado mes de septiembre para investigar las adjudicaciones presuntamente ilícitas de obras públicas.