El Tribunal Supremo ha fijado un criterio clave que afecta a miles de trabajadores en España. Aunque en el contrato figure que la jornada puede prestarse de lunes a domingo, la empresa no puede obligar a trabajar en fin de semana si la práctica habitual ha sido hacerlo solo de lunes a viernes. Así lo establece una sentencia reciente que refuerza la protección frente a cambios unilaterales.
El fallo nace del conflicto de un grupo de trabajadores que llevaba años prestando servicios de lunes a viernes. De forma repentina, la empresa decidió imponer turnos en sábado y domingo apoyándose en una cláusula contractual que recogía esa posibilidad. Los empleados se negaron y el caso acabó en los tribunales.
El Supremo fija el límite a las empresas
El Tribunal Supremo ha sido claro y dice que no basta con lo que diga el contrato si la realidad laboral ha sido distinta durante un periodo lo suficientemente largo de tiempo. Cuando existe una condición más beneficiosa consolidada, como trabajar de lunes a viernes, la empresa no puede alterarla de forma unilateral.

La sentencia considera que obligar a trabajar en fin de semana en estos casos supone una modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Este tipo de cambios están regulados por el Estatuto de los Trabajadores y exigen justificar causas organizativas, productivas o económicas, además de respetar plazos y derechos del trabajador. Es decir, la cláusula contractual no prevalece automáticamente sobre la práctica. Lo que cuenta es cómo se ha venido prestando el servicio y qué expectativas legítimas se han generado en la plantilla con el paso del tiempo.
Qué implica esta sentencia para los trabajadores
La resolución refuerza la posición de los empleados frente a cambios repentinos de horario. Si una persona ha trabajado siempre de lunes a viernes, la empresa no puede imponer fines de semana sin ofrecer una alternativa legal: o el trabajador lo acepta voluntariamente o se activa el procedimiento formal de modificación sustancial. Ese procedimiento incluye derecho a impugnación judicial e incluso a rescindir el contrato con indemnización si el cambio resulta perjudicial. No es una decisión discrecional de la empresa, aunque el contrato mencione la posibilidad de trabajar sábados y domingos.
El Supremo subraya que la organización del tiempo de trabajo afecta de forma directa a la conciliación familiar y personal, por lo que debe tratarse con especial cautela y garantías jurídicas. Así pues, esta sentencia marca un antes y un después. Trabajar de lunes a viernes de forma habitual crea un derecho que no puede eliminarse por la vía rápida. Aunque el contrato diga otra cosa, la empresa no puede obligarte a trabajar en fin de semana sin cumplir la ley. Una victoria clara para la seguridad jurídica de los trabajadores.