Hay haters a los que les gusta especular con lo que aprendí o no de los jueces en mi vida y, verán, hay una enseñanza de uno bien de raza que se me quedó grabada: si cuando resuelves un asunto el resultado es aberrante, si repugna al sentido de la justicia, más vale repasar paso por paso para ver dónde te has equivocado.

No es algo que el Supremo haya tomado en consideración. Al resolver sobre la aplicación al derecho interno de la nulidad sentenciada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, por vulneración del derecho de Arnaldo Otegi y otros a un juez imparcial, han determinado que la consecuencia debe ser que el sujeto de la vulneración —que además ya cumplió la pena— sea castigado a sufrir un nuevo juicio, con su pena de banquillo y su coste personal y anímico, mientras que todos los que se ciscaron en sus derechos y ejercieron su magistratura de forma impropia siguen tranquilamente a lo suyo. Es fácil ver la perversión de la solución y, por tanto, la necesidad de revisar los pasos y las teorías que llevan a ese absurdo.

Los tribunales españoles se han resistido siempre a que nadie desde fuera les diga que lo han hecho mal y que han vulnerado derechos fundamentales. El principio del non bis in idem les ha dado más bien igual siempre. Han dado tumbos para soslayarlo y no fue hasta 2015 que se hicieron las reformas necesarias en las leyes para determinar cómo debían cumplirse esas sentencias. Siguen haciéndose los suecos. Dos años le costó al TS anular la sentencia de Otegi como exigía el TEDH y lo hizo en un momento buscado. Hasta ahí. Resulta ahora que una asociación de víctimas ha exigido que se repita ese juicio tras la anulación sentenciada. No es un movimiento propio del Supremo ni mucho menos. El mes pasado, por dos veces, la Audiencia Nacional le dijo a esa asociación que eso no era posible ya que “1) la legitimación para pedir nuevo juicio corresponde a los ya penados, que han visto violados sus derechos a ser juzgados por un tribunal imparcial 2) el recurso de revisión ante el TS, establecido en España como cauce de fijación de los efectos internos de una sentencia del TEDH”. Curiosamente, lo dijo el mismo tribunal presidido por la magistrada Ángela Murillo, la culpable de la parcialidad, y así se lo pidieron por dos veces los miembros del ministerio fiscal.

Poco después, otro ministerio fiscal, contrahecho o bicéfalo o enloquecido, recibía esa misma petición de la asociación de víctimas en el TS y decidía que sí, que había que apoyar que se repitiera el juicio. La sala II —¿que Estrasburgo nos enmienda la plana?, ¡agárrame el cubata!— acaba de decir en un fallo hecho público sin fundamentación —otra costumbre espuria— que sí, que hay que volver a celebrar ese juicio. En este caso —y por unanimidad— contradicen lo que esa propia sala dijo en la sentencia 113/2017 de 22 de febrero, en un caso similar, en el que también el TEDH vio violación del artículo 6 del Convenio. Esa sentencia deniega la posibilidad de celebrar un nuevo juicio, ya que “no es factible (…) instar a proceder a anular la sentencia condenatoria retrotrayendo las actuaciones al momento de la vista para ordenar una nueva suprimiendo la causa de nulidad, pues esa posibilidad no aparece prevista en el ordenamiento procesal y, además, supondría una lesión al derecho a no ser enjuiciado dos veces por el mismo hecho”. Eso lo firman Marchena, Martínez-Arrieta y Palomo y es lo mismo que dijo la AN el mes pasado. ¿Por qué se contradice ahora la sala de lo penal por unanimidad? La respuesta se llama Otegi.

Quieren mandar un mensaje a los independentistas vascos, pero sobre todo a los independentistas catalanes, para que les quede claro que, digan lo que digan en Europa, la sartén por el mango la manejan ellos 

Al menos verán que el tema no está ni meridianamente claro ni es pacífico. Los que así lo defienden ni se han enterado del verdadero objeto de discusión jurídica ni se han mirado un solo papel. Me gustaría recordarles que la sumisión acrítica al Supremo no da de premio una cesta de Navidad ni, desde luego, actualmente te asegura acertar.

La cuestión del caso Bateragune es un verdadero despropósito desde su inicio, porque nunca hubo caso. Así me lo reconocieron en su día magistrados de la Audiencia Nacional, así lo escribió en un voto particular Alberto Jorge Barreiro, que afirmó que no había ninguna prueba, y así se vio en mayorías exiguas hasta recalar en Estrasburgo. Pero voy a dejar a un lado incluso eso. Aquí conviene resaltar como cuando los jueces se enrocan y se saltan los derechos sacrosantos que deben proteger, no sólo no les pasa nada sino que son protegidos por sus pares. La frase que descubre la parcialidad de Ángela Murillo se produjo en el juicio por enaltecimiento contra Otegi del caso Sagarduy. Ese error al descubrirse, esa vulneración del deber de imparcialidad, era tan clara que, ahí sí, el Supremo ordenó repetir el juicio con un tribunal distinto que ABSOLVIÓ a Otegi.

Fue al llegar el nuevo caso Bateragune, por pertenencia a banda armada, y recaer de nuevo en Angela Murillo, Juan Francisco Martell y Teresa Palacios, cuando los acusados recusaron a todo el tribunal. La cosa era, ¡oiga, que esos ya fueron parciales con nosotros y lo han reconocido! Pues bien, la judicatura los blindó. La sala del 61 de la Audiencia Nacional se empeñó en que ellos mismos les juzgaran de nuevo —¡como si no tuvieran más magistrados!— provocando así una sentencia condenatoria para España en Estrasburgo, después de que tanto el Supremo como el Constitucional dieran por bueno ese juicio por mayorías exiguas. Un capón en toda regla. Es tremendo que los magistrados no protejan los derechos fundamentales que están llamados a custodiar. Tremendo.

Cuando los jueces se enrocan y se saltan los derechos sacrosantos que deben proteger, no sólo no les pasa nada sino que son protegidos por sus pares

¿A qué viene, pues, ahora esta postura curiosamente unánime de la sala segunda? ¿Es que los jueces de la Audiencia Nacional y la Fiscalía de la AN están de atar? ¿No existe disensión jurídica alguna en esto? ¿Por qué la Fiscalía, que es única, ha dicho una cosa en la Audiencia Nacional y otra, curiosamente, en el Tribunal Supremo? ¿De verdad quieren los intérpretes, los pelotas y los exégetas convencernos de que esto es algo natural, normal y de cada día y que no existe siquiera discusión jurisdiccional o doctrinal? ¡Qué malo es arrastrarse!

En mi opinión, la sala segunda se ha vuelto a enrocar en el error por tres motivos: 1) porque no terminan de aceptar la pérdida de poder que significa que el TEDH te enmiende la plana 2) porque quieren mandar un mensaje a los independentistas vascos pero sobre todo a los independentistas catalanes para que les quede claro que digan lo que digan en Europa, la sartén por el mango la manejan ellos y 3) porque entran así de lleno en el espacio político, tras los pactos presupuestarios, para volver a situarnos a la izquierda abertzale en el banquillo por pertenencia a una banda armada que ni existe ya.

¿Qué va a pasar ahora? Veremos hacia dónde van los abogados de los recurrentes a Estrasburgo. ¿El Constitucional y de nuevo Estrasburgo? ¿Acudirán al órgano del Consejo de Europa encargado de vigilar el cumplimiento de las decisiones del TEDH en los estados miembros?

Vivimos en un país en el que las cosas cambian según de quién se trate. Se llama derecho penal del enemigo y se llama inseguridad jurídica. Los tribunales son competentes para los catalanes cuando no lo eran anteriormente; las anulaciones de Estrasburgo devienen en nuevo juicio para Otegi cuando esto era imposible para unos señores de Valladolid.

Da miedo además ese manto de unanimidad que no ha existido jamás y que impide que las diferentes interpretaciones se abran paso, como sucedió con este caso con anterioridad. Choca pensar que ni un solo magistrado de la sala segunda, ni siquiera el brillante y progresista recién incorporado Javier Hernández, haya tenido nada que decir al respecto.

Otegi y su juicio sin final, porque el único final real es apartar a las opciones que no gustan y comprometer su acción política. La ruptura de la unidad de la patria, o el deseo de que llegue, y el fin de la monarquía, o el deseo de que llegue, son los dogmas que siempre se resuelven con un “va de retro, Satana”, que tanto daño está haciendo a nuestras instituciones y a la confianza que los ciudadanos y el resto de naciones acaben teniendo en las mismas.

Lo que buscan no parece precisamente la justicia.