Existe un derecho laboral que muchos trabajadores todavía desconocen y que puede marcar una diferencia clave en momentos delicados a nivel familiar, ya que da cinco días libres consecutivos, retribuidos y que no se descuentan de las vacaciones. Se trata de un permiso recogido en la ley y plenamente vigente.El permiso por cuidado de familiares en caso de enfermedad grave, accidente u hospitalización.

Este derecho emana directamente del artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores, reformado en 2023. Desde entonces, todos los trabajadores tienen reconocido un permiso de cinco días por situaciones graves que afecten a su entorno familiar más cercano. Y es importante subrayarlo desde el inicio, porque son días pagados, consecutivos y no se restan del periodo vacacional bajo ningún concepto.

Quién puede pedir los cinco días y en qué casos

El permiso puede solicitarse cuando el trabajador necesite atender a su cónyuge o pareja de hecho, así como a familiares de hasta segundo grado. Esto incluye padres, hijos, abuelos, nietos, hermanos, suegros y cuñados. Además, también se reconoce el derecho cuando la persona afectada convive con el trabajador y depende de él, aunque no exista vínculo familiar directo.

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En cuanto a las situaciones que dan acceso al permiso, la ley es clara. Se puede pedir en caso de accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización siempre que requiera reposo domiciliario. Es decir, no hace falta que el familiar esté ingresado en un hospital, basta con que un médico certifique que necesita cuidados y asistencia durante un periodo determinado.

Son días pagados y no se negocian

Uno de los puntos más relevantes es que estos cinco días son retribuidos al cien por cien. El trabajador cobra su salario con normalidad y la empresa no puede descontarlos ni de las vacaciones ni de los días de libre disposición. Tampoco pueden fraccionarse de forma arbitraria salvo que el convenio colectivo establezca otra fórmula específica. La interpretación general es que se trata de cinco días naturales y consecutivos, pensados para garantizar una atención real al familiar. No tiene sentido que la empresa intente trocearlos o imponer condiciones que vacíen el permiso de contenido.

En cuanto a la documentación, suele bastar con un informe médico que acredite la situación y un documento que demuestre el parentesco. No es obligatorio detallar información médica privada ni justificar más allá de lo estrictamente necesario. Así pues, conviene tener claro que este permiso existe y protege al trabajador en momentos críticos. Conocerlo es la mejor manera de ejercerlo sin miedo y sin renunciar a derechos que ya están reconocidos por ley.