Desde 2024, las personas que poseen criptomonedas en el extranjero están obligadas a presentar un modelo adicional ante Hacienda, al margen de la declaración de la renta. Se trata del Modelo 721, una obligación fiscal todavía poco conocida, pero plenamente vigente, que la Agencia Tributaria exige de forma similar al antiguo Modelo 720 de bienes en el extranjero. No cumplir con este trámite puede acarrear sanciones muy elevadas.

Este nuevo modelo afecta a miles de contribuyentes que operan con criptomonedas a través de plataformas internacionales sin ser conscientes de que, aunque declaren sus ganancias en el IRPF, deben presentar también esta declaración informativa específica. Hacienda no distingue entre grandes inversores y pequeños ahorradores, para el fisco lo relevante es dónde están custodiados los criptoactivos y su valor.

Qué es el Modelo 721 y a qué criptomonedas afecta

El Modelo 721 es una declaración obligatoria para quienes tengan criptomonedas custodiadas fuera de España. Esto incluye los criptoactivos depositados en exchanges extranjeros como Binance, Kraken, Coinbase, KuCoin u otras plataformas no residentes en el país, así como wallets gestionadas por empresas con sede fuera del territorio español. Lo que engloba a la gran mayoría de las wallets.

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Es importante subrayar que este modelo no sustituye a la declaración de la renta. Aunque el contribuyente ya haya declarado las ganancias o pérdidas patrimoniales derivadas de las criptomonedas, el Modelo 721 debe presentarse igualmente si se cumplen los requisitos. Su finalidad es puramente informativa y sirve para comunicar a Hacienda la existencia y localización de esos activos digitales en el extranjero. La obligación viene regulada en el Real Decreto 249/2023, que amplía el control fiscal sobre los criptoactivos y los equipara, en la práctica, a otros bienes situados fuera de España.

Quién debe presentarlo y cuáles son los plazos

Deben presentar el Modelo 721 las personas que tengan criptomonedas en el extranjero con un valor conjunto superior a 50.000 euros a 31 de diciembre. También están obligados quienes superen ese umbral por primera vez o quienes, respecto al último modelo presentado, incrementen el valor de sus criptomonedas en más de 20.000 euros. El plazo de presentación va del 1 de enero al 31 de marzo del año siguiente al que se refieren los datos. Por ejemplo, las criptomonedas poseídas a cierre de 2025 deberán declararse entre enero y marzo de 2026, con independencia de cuándo se presente la declaración de la renta.

No presentar el modelo, hacerlo fuera de plazo o incluir datos incorrectos puede conllevar sanciones muy elevadas, similares a las del antiguo Modelo 720. En los casos más graves, las multas pueden superar los 10.000 euros, incluso aunque no exista fraude fiscal. Así pues, Hacienda refuerza su control sobre las criptomonedas y deja claro que desconocer esta obligación no exime de responsabilidad.