Hacienda ha fijado reglas muy claras sobre el dinero que se puede transportar en efectivo, una cuestión que genera dudas frecuentes entre los ciudadanos. Aunque a menudo se habla de un límite al efectivo, lo cierto es que la normativa no prohíbe llevar dinero en metálico, sino que establece obligaciones de declaración a partir de determinadas cantidades.
En la práctica, cualquier persona puede circular con efectivo dentro de España, pero cuando se superan ciertos umbrales entra en juego la Ley de prevención del blanqueo de capitales. El objetivo de estas normas no es restringir el uso del dinero, sino garantizar la trazabilidad de grandes movimientos y evitar actividades ilícitas con dinero de orígen opaco.
Cuándo es obligatorio declarar el dinero en efectivo
Dentro del territorio nacional, el umbral clave se sitúa en los 100.000 euros. Transportar una cantidad inferior no implica ninguna obligación formal ante la Agencia Tributaria. Sin embargo, cuando el importe alcanza o supera esa cifra, el portador debe presentar el modelo S1, el documento oficial que informa a la administración del origen y destino del dinero.
Este mismo modelo también resulta obligatorio en otro supuesto habitual como los desplazamientos internacionales. En este caso, el límite es mucho más bajo. Cualquier persona que entre o salga de España con 10.000 euros o más en efectivo debe realizar la correspondiente declaración ante las autoridades aduaneras. La diferencia entre ambos escenarios suele generar confusión. No existe un límite que impida llevar efectivo, sino un límite a partir del cual la declaración es obligatoria. Es una distinción jurídica relevante, ya que muchas informaciones simplifican el mensaje y pueden inducir a error.
Las sanciones por no declarar pueden ser elevadas
Ignorar estas obligaciones puede tener consecuencias muy serias a nivel legal. La normativa prevé multas económicas importantes para quienes transporten cantidades sujetas a declaración sin haber cumplido el trámite. Además, las autoridades pueden acordar la incautación preventiva del dinero hasta que el interesado justifique adecuadamente su procedencia. El control sobre el efectivo responde a una lógica preventiva. Según la Agencia Tributaria, los grandes movimientos en metálico constituyen uno de los mecanismos más utilizados en operaciones de fraude fiscal y blanqueo de capitales.
Conviene subrayar que no se presume automáticamente la ilegalidad del dinero. El problema surge cuando no se ha comunicado la operación o no se puede acreditar su origen. En estos casos, la carga de la prueba recae en el portador del efectivo. En definitiva, la regulación española no impide llevar dinero en metálico, pero sí obliga a declarar determinadas cantidades.
