Tal día como hoy del año 1934, hace 84 años, en el contexto del macrojuicio contra los representantes políticos de Catalunya por los Hechos del Seis de Octubre (1934), el juez militar, el comandante Bibiano, que instruía la causa contra Pérez Salas, Menéndez, Badia y Guarner ―miembros de la cúpula de seguridad de la Generalitat― tramitaba un exhorto dirigido al decano de los jueces de instrucción de la capital catalana reclamando el embargo de bienes a Jaume Aiguader (hasta febrero de 1934, alcalde electo de Barcelona) por valor de 25.000 pesetas (el equivalente actual aproximado a 75.000 euros).

Jaume Aiguader i Miró (Reus, 1882 – México, 1943), miembro fundador de Esquerra Republicana y amigo personal del presidente Macià, había sido elegido alcalde de Barcelona en las elecciones municipales del 12 de abril de 1931, con más de un 30% del voto. En febrero de 1934, abandonó la alcaldía para dedicarse exclusivamente a la tarea de diputado a las Cortes españolas que, hasta entonces, había ejercido paralelamente al cargo de alcalde. En el macrojuicio contra los representantes políticos catalanes, Aiguader sería, también, condenado a prisión por su participación en los Hechos del Seis de Octubre.

Después de los Hechos del Seis d'Octubre, el gobierno de la República española había intervenido la totalidad de las instituciones de gobierno de Catalunya (Generalitat, Parlament, diputaciones y ayuntamientos) y los cargos electos habían sido cesados ―y en muchos casos encarcelados― y sustituidos por personal nombrado a dedo. En aquel contexto de represión, el gobierno de la República española (formado por la coalición de derechas CEDA, PRR y Partido Agrario) había iniciado un macrojuicio contra los dirigentes políticos catalanes que se instruía ―contra lo que preveía la Constitución― desde la jurisdicción militar.

Los juicios se celebrarían siempre en tribunales militares y las condenas serían siempre dictadas por jueces militares. Pero cuando se trataba de hacer extensiva la condena más allá de las consecuencias personales, los jueces militares instructores (nombrados jueces especiales) tenían que recurrir a la fuerza a la jurisdicción civil. El exhorto de Bibiano al decano de los jueces de Barcelona era el instrumento jurídico recurrente en aquel escenario, y después de Aiguader se aplicaría sobradamente al conjunto de dirigentes políticos catalanes que fueron procesados en aquel macrojuicio.