Tres sentencias han dado la razón al Ayuntamiento de Barcelona y avalan el Plan Especial Urbanístico de Alojamientos Turísticos (PEUAT) aprobado en 2021, y todavía vigente, que limita el crecimiento de plazas hoteleras y veta el alquiler de habitaciones por periodos inferiores a 31 días. Se trata de tres sentencias de la sección segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC, a las cuales ha tenido acceso Efe, que dan respuesta a recursos en contra del plan presentados por la asociación de apartamentos turísticos APARTUR, la entidad Amics del Passeig de Gràcia y la promotora inmobiliaria y hotelera ATIR H.Paral·lel.
El Plan Especial Urbanístico de Alojamientos Turísticos, aprobado en el último pleno de diciembre de 2021 bajo el mandato de la alcaldesa Ada Colau, estableció una zona de limitación del crecimiento turístico en el centro de la ciudad en la que no se admite ningún nuevo tipo de alojamiento hotelero o residencial ni la ampliación de plazas en los existentes, a la vez que veta el alquiler de habitaciones turísticas por periodos inferiores a 31 días. El PEUAT de 2021 actualizaba el aprobado en 2017, e incluyó los requerimientos hechos por la justicia en una sentencia de 2019.
Instrumento arbitrario
El plan no fue bien recibido por determinados sectores económicos y turísticos de Barcelona, que lo llevaron a los tribunales. Por ahora, el TSJC ha tumbado los tres primeros recursos y ha rechazado las demandas de APARTUR, Amics del Passeig de Gràcia y ATIR H.Paral·lel. Estas entidades expusieron en sus recursos que el PEUAT era "un instrumento de planeamiento totalmente arbitrario", que partía de un "diagnóstico erróneo y desactualizado" y que restringía la libertad de establecimiento para las actividades que regulaba. También se quejaban de que el Ayuntamiento, entonces gobernado por BComú en coalición con el PSC, no tuvo en cuenta el impacto que tuvo la pandemia de la covid en los negocios turísticos y que optó "exclusivamente por la vía de la prohibición y la restricción de la actividad de alojamiento temporal".
Medidas proporcionadas no discriminatorias
Las tres sentencias, con argumentos similares, sostienen que las medidas incluidas en el PEUAT, aún vigentes con el actual alcalde Jaume Collboni (PSC), "no son discriminatorias porque están justificadas y obedecen a características y problemáticas concretas". Según los escritos, concurren razones "de interés general" que justifican la planificación y las medidas del PEUAT, que "no son discriminatorias y resultan proporcionadas". Los tribunales descartan que el Plan Especial Urbanístico de Alojamientos Turísticos se base en datos desactualizados, ya que, indistintamente de la fecha de elaboración de los estudios o informes, el turismo es un fenómeno "cuyas características siguen en el tiempo y responden a una dinámica perfectamente predecible", razonan los jueces. Respecto al impacto de la pandemia, la justicia no ve motivos para que esto hubiera de disuadir al Ayuntamiento de Barcelona de aprobar un plan de estas características y, en todo caso, señala que era previsible una recuperación y restablecimiento del sector turístico, como así fue.
