El reciente despido del consejero delegado de Nestlé por una relación sentimental secreta con una subordinada ha abierto un debate: ¿hasta dónde llega el derecho de la empresa a intervenir en los vínculos personales de sus empleados?. En España, es inconstitucional que una empresa indague sobre las relaciones de los miembros de sus plantillas, pero los expertos lo aceptan en el caso de altos cargos, especialmente cuando estas situaciones están contempladas en protocolos internos o códigos de conducta.

Desde el punto de vista jurídico, Oscar Cano, manager de laboral de la compañía de servicios legales RSM, advierte que “un empresario no puede inmiscuirse en las relaciones sentimentales de sus empleados, incluso si hay una relación jerárquica. Hacerlo supondría una intromisión en un derecho constitucionalmente protegido”.

Sin embargo, deben tenerse en cuenta las posibles consecuencias. “El mayor riesgo se produce cuando dichas relaciones acaban en acoso sexual o moral, que puede ser vertical descendente o ascendente. No únicamente el directivo puede acosar al subordinado, también puede ocurrir a la inversa”, recuerda Cano.

En este tipo de situaciones, la empresa puede ser considerada responsable por inacción si no actúa con la diligencia debida. “La conducta del directivo puede generar responsabilidad para la empresa por su inacción, al no tomar las medidas necesarias para evitarlo”, según advierte este experto.

En su opinión, la clave no es prohibir, sino prevenir: “La empresa debe implementar acciones formativas, protocolos de actuación y políticas de compliance laboral para protegerse frente a conductas graves como el acoso”.

Las relaciones sentimentales en el ámbito laboral no son objeto de regulación en la legislación española, ya que la Constitución garantiza el derecho a la intimidad personal y a la no discriminación por cualquier condición personal. Por este motivo, no se puede justificar el despido de un empleado por tener una relación sentimental con otra persona del trabajo.

Los convenios colectivos no entran en esta cuestión, aunque algunas empresas exigen a sus cargos ejecutivos o de alta dirección que cumplan con códigos éticos o de conducta que les obligan a comunicar a la compañía si mantienen alguna relación sentimental con personas subordinadas. La prohibición expresa no existe, porque podría suponer una vulneración de los derechos fundamentales, pero sí la obligación de comunicar esta información personal.

En declaraciones a Efe, el director de reputación y sostenibilidad de Atrevia, Manuel Sevillano, señala que, en el caso de Nestlé, la cuestión de fondo es que hubo trato de favor y se ocultó información relevante al consejo de administración, que tendría que haber conocido que existía la relación amorosa. En su opinión, la clave está en que se trata de un consejero delegado que responde ante el consejo de administración y cuyo contrato no se rige por la legislación laboral. En España, el consejero delegado "no es un trabajador normal", es un puesto de máxima confianza que no se rige por el Estatuto de los Trabajadores sino por la Ley de Sociedades, precisa Sevillano.

En el mismo sentido, la presidenta de Asociación Nacional de Laboralistas (Asnala), Ana Gómez, apunta en declaraciones a Efe que ve "admisible" que la empresa obligue a comunicar este tipo de relación a los altos cargos, de la misma manera que tienen que dar a conocer las relaciones familiares que puedan generar un conflicto de intereses.

Según precisa, hay ámbitos, como el de la propia abogacía, donde, más allá de ser una exigencia empresarial, los socios de las grandes firmas tienen interiorizada la tradición "no escrita" de abandonar el despacho cuando se consolida una relación de pareja para evitar los conflictos de intereses.

Para ilustrar estas situaciones expone uno de sus casos: el de una empleada que denunció al directivo con el que había mantenido una relación amorosa porque la despidió tras iniciar una nueva relación con otra trabajadora, un asunto que se resolvió extrajudicialmente con la readmisión de la empleada despedida.

Este debate ha vuelto al primer plano después de que, el lunes pasado, el gigante suizo de la alimentación Nestlé anunciase el cese de su consejero delegado, Laurent Freixe, por mantener una relación sentimental en secreto con una de sus subordinadas. Esta situación vulnera el código de conducta de los directivos de la compañía. Freixe tan solo llevaba un año en el cargo. Fue cesado después de que se llevase a cabo una investigación interna aprobada por el consejo de administración.

La decisión de cesar al consejero delegado se calificó de "necesaria" porque "los valores y la gobernanza de Nestlé son pilares sólidos de la compañía", según indicó en un comunicado el presidente de la multinacional, Paul Bulcke, quien supervisó junto al consejero independiente, el español Pablo Isla, la investigación interna sobre Freixe.