En el primer semestre de este año se ha registrado un descenso del 3,9% respecto al mismo periodo del año pasado en las “altas iniciales” de los mayores de 52 años, uno de los principales colectivos beneficiados por el subsidio de desempleo. Una reducción que permite a los responsables del Ministerio de Trabajo estar pletóricos porque han conseguido revertir el incremento de las peticiones de prestaciones del subsidio de este grupo de desempleados. Joaquín Pérez Rey, secretario de Estado de Empleo, achaca este cambio a la reforma de la prestación que se cobra cuando se ha agotado la prestación contributiva, y que, entre otras medidas, facilita la compatibilidad de la ayuda con un empleo. La medida, aprobada a finales del pasado año, entró en vigor el 1 de noviembre del pasado año y los resultados se han dejado notar.
Consultado por los datos, el Ministerio de Trabajo señala a ON ECONOMIA que en los seis primeros meses del año son “500 ‘altas iniciales’ menos en el primer semestre del 2024 comparado con el primer semestre del 2025”. Al margen de la cantidad, insisten en que “lo realmente significativo es el cambio de tendencia que supone. Se trata de que por primera vez, frente al crecimiento de la población de más de dos años, el subsidio no crece y, por tanto, está claro que hay una mayor capacidad de encontrar trabajo por parte de los mayores de 52. Es ahí donde se observa el cambio de tendencia”, señalan.
Sin embargo, las fuentes del Ministerio se han quedado cortas, pues el descenso supera las 3.000 “altas iniciales”. Según las estadísticas del SEPE, entre enero y julio de este año -recién estrenada la reforma del subsidio de desempleo- las altas iniciales sumaron las 75.443 cuando en el mismo periodo del año pasado se acercaron a las 78.500. Ese trimestre se colocó en máximos, aunque en un periodo en el que resulta muy difícil las comparaciones por el efecto de la pandemia. En 2024 y en 2023, -con una cierta normalización ya en el mercado laboral- se elevó el número de personas de más de 52 años que se acercaron a las oficinas del SEPE a solicitar un subsidio.
Máximos en 2024
El semestre de 2024 aumentó las altas iniciales de los mayores de 52 años en 7.898, hasta colocarse en 78.469 que se podría considerar el máximo de la serie que arranca en 2019 cuando el PSOE, al obtener la Presidencia del Gobierno tras la moción de censura a Mariano Rajoy, disminuyó la edad con derecho al subsidio de 55 (impuestos por el Partido Popular) a 52 años. Era el segundo año consecutivo, pues en el primer semestre de 2023 anterior también se elevaron las solicitudes de subsidio de este colectivo, en concreto en 9.970 personas (hasta 70.571) respecto al mismo periodo de 2022.
Sin embargo, en 2022, se produjo una reducción en las peticiones, concretamente de 7.376, con un total de 60.601 altas iniciales. Pero las estadísticas de 2019 a 2022 están viciadas por el efecto de la pandemia sobre el empleo y los cambios introducidos por el PSOE en 2019. En el primer semestre del último año prepandemia se dispararon las solicitudes al aumentar el colectivo con derecho al subsidio debido a la reducción de 55 a 52 años. En ese semestre, el SEPE registró 143.301 altas iniciales por la avalancha de personas entre 52 y 55 años que se apuntaron.
Una cifra irrepetible, pues en 2020 se produjeron las altas “naturales” de un primer semestre, en aquel año de 67.079 y en 2021 -prácticamente igual- en 67.977. Pero en 2022, cuando se disparó el empleo por la recuperación del PIB, las peticiones del subsidio se redujeron drásticamente, pues llovían ofertas de trabajo.
Sin todos estos vaivenes que distorsionan la estadística, se concluye en el primer semestre de 2024 se tocó el máximo de solicitudes de altas iniciales desde que se rebajó el derecho a 52 años, con esos 78.469. Y, con la reforma, se ha iniciado el declive de peticiones, según el Ministerio de Trabajo, a la reforma del subsidio.
Altas y reanudaciones
El subsidio, a diferencia del Ingreso Mínimo Vital (IMV), está ligado al empleo por lo que corre a cargo del SEPE y el objetivo es ayudar a los trabajadores con escasa empleabilidad a reincorporarse en el mercado laboral. Pero es frecuente que los empleos que consiguen sean de carácter temporal, por lo que entran y salen del subsidio. Eso explica que hay dos modalidades de “entrar” en el subsidio:
Altas iniciales. Trabajadores que no tienen derecho a cobrar una prestación contributiva que están parados y solicitan la ayuda por primera vez. En el semestre se han dado en total -sumando todos los colectivos con derecho a la prestación por subsidio de desempleo. 429.486. Lo que suponen 80.250 más que en el primer semestre de 2025, pues las altas iniciales solo caen en el colectivo de mayores de 52 años, mientras que suben en el resto.
Reanudaciones. El beneficiario ya ha cobrado antes el subsidio y solicita reanudarlo al haber decaído su nivel de ingresos. En el primer semestre de este año, suman 731.066, algo más de 143.000 por encima de 2024.
Colectivos beneficiados
Respecto a la prestación de nivel asistencial, que se denomina subsidio por desempleo, existen diversos tipos para trabajadores que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
- Haber agotado la prestación contributiva en las modalidades de menores de 45 años y de 45 años y más: Son los más numerosos, y las altas iniciales suman en el primer semestre 125.369. A diferencia de los mayores de 52 años, las altas iniciales han seguido creciendo este año.
- Mayores de 52 años: 75.443 altas iniciales.
- No haber cubierto el período mínimo de cotización para acceder a una prestación contributiva: 117.356 altas iniciales.
- Víctimas de violencia de género o sexual: 11.421 altas iniciales.
- Emigrante retornado: 1.416 altas iniciales.
- Liberados de prisión: 80 altas iniciales (modificado con la reforma).
- Fijos discontinuos: 2 altas iniciales (incluidos con la reforma).
Reforma del subsidio
Principales novedades de los nuevos subsidios:
- Se suprime el mes de espera para la solicitud de los subsidios de desempleo.
- Se elimina la parcialidad en los subsidios de cotización insuficiente y en los de agotamiento de prestación contributiva cuando nace de un contrato a tiempo parcial en los últimos 180 días.
- Se amplía a 6 meses el plazo de solicitud de los subsidios de desempleo.
- Desaparece el concepto de “días consumidos”. El nacimiento del derecho será el día de la solicitud, con carácter general.
- Se suprime el doble requisito de carencia de rentas, propias y de la unidad familiar.
- Se reduce a un trimestre el periodo de reconocimiento. Es decir, el subsidio se aprueba por un período trimestral tras el que hay que realizar una solicitud de prórroga del subsidio.
- Se exigirá una declaración responsable de rentas e ingresos a la persona solicitante y la obligación de presentar anualmente la declaración del IRPF.
- Complemento de apoyo al empleo: las personas que perciben el subsidio podrán compatibilizarlo temporalmente hasta un máximo de 180 días.
- Se establece la compatibilidad de las prestaciones por desempleo con las becas y ayudas que se obtengan por asistencia a acciones de formación profesional o en el trabajo.
- Se unifica la protección por desempleo de los trabajadores eventuales agrarios con el resto de las personas trabajadoras y se simplifica el acceso y la gestión.
- Se amplía la cobertura del subsidio de agotamiento para menores de 45 años sin el requisito de cargas familiares a aquellas personas que hayan agotado una prestación contributiva de al menos 360 días.
Cuantía del subsidio
Los beneficiarios del nivel asistencial podrán percibir las siguientes cuantías ligadas al indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM:
- 6 primeros meses: 95% IPREM 2024: (570 euros en 2025).
- 6 meses siguientes: 90% IPREM 2024: (540 euros).
- Resto del periodo: 80 % IPREM 2024: (480 euros).
La cuantía para el subsidio de mayores de 52 años es el 80% del IPREM.