Las herencias pueden ocasionar conflictos entre los herederos. Por ejemplo, ¿qué pasa cuando un hermano quiere vender la casa y el otro, no? Ninguno de los dos puede bloquear indefinidamente un determinado bien –ya sea una casa, un terreno, una obra de arte valiosa o cualquier otra riqueza– o, lo que es lo mismo, ninguno está obligado a mantener una indivisión no deseada. El abogado y economista David Jiménez, experto en herencias, apunta que una solución es la “extinción de condominio”.

¿Si un hermano desea quedarse con una vivienda de la herencia está obligado a comprar la mitad como si se tratase de una compraventa normal?. A través de su cuenta de TikTok, este especialista deja claro que no. El Código Civil, en los artículos 400 y 1062, establece que en estos casos se puede acudir a la extinción del condominio.

Este mecanismo legal permite que uno de los herederos se adjudique la totalidad (100%) de la casa, compensando al otro con dinero por la parte que le corresponde. Esto significa que quien se quede la vivienda tendrá que abonar a su hermano el valor de su mitad (50%), pero no mediante una compraventa normal, sino a través de esta figura jurídica específica.

En las herencias, la extinción de condominio es un acto jurídico mediante el cual se pone fin a la situación de copropiedad que existe entre los herederos sobre un determinado bien. Cuando su propietario fallece, sus bienes suelen pasar a ser propiedad en condominio de todos los herederos. Es decir, cada heredero tiene un porcentaje del bien, pero nadie tiene una parte física asignada. La extinción de condominio es el mecanismo que permite acabar con esta copropiedad.

Puede hacerse por distintas vías:

  • Adjudicación o compra de la parte de un heredero por otro o otros. Es lo más habitual.
  • División material del bien, si es divisible. Por ejemplo, un terreno que puede fraccionarse legalmente en parcelas.
  • Venta del bien a un tercero. Después se reparte el dinero según las proporciones de cada heredero.
  • Permuta entre herederos. Se intercambian bienes de la masa hereditaria para evitar el condominio.

En el caso de que un heredero compre la parte a otro o a otros, debe tener en cuenta estas ventajas:

  • Fiscalidad. Una compraventa implica pagar los correspondientes impuestos, que pueden alcanza el 10% en determinadas comunidades autónomas, mientras que la extinción del condominio tributa por el concepto de actos jurídicos documentados, con un tipo mucho más reducido, habitualmente de entre el 0,5% y el 1,5%.
  • Plusvalía municipal. No existe la obligación de liquidarla. La excepción es si uno de los hermanos recibe más de lo que le corresponde en la herencia, caso el que podría tributar por el valor adicional recibido.

Pueden darse más casuísticas. Por ejemplo, ¿qué pasa si un heredero se niega a firmar el reparto de la herencia? Esto puede ocurrir porque no está de acuerdo con lo que establece, o bien, porque tiene interés con que el proceso se alargue. Esto hace que muchas veces las herencias se judicialicen, lo que perjudica a todos. En este caso, el abogado David Jiménez indica en otro video que existen alternativas extrajudiciales, por ejemplo, que se haya nombrado por testamento a un “contador partidor”. Si no figura en el testamento, aún se pueden buscar soluciones alternativas, pero tienen que estar de acuerdo la mayor parte de los herederos.

Un contador-partidor es un profesional –como los notarios o los abogados– que se encarga de realizar la partición de una herencia, distribuyendo los bienes y deudas entre los herederos y legatarios. Su función es asegurar que la distribución se realice de acuerdo con la voluntad del testador, respetando la ley y las legítimas. Puede ser nombrado directamente por el testador, acordado por los herederos, o designado por un notario o juzgado si no hay acuerdo.