El Consejo de Ministros ha dado luz verde este martes al decreto que desarrolla el régimen del contrato formativo, una herramienta diseñada para integrar aprendizaje y experiencia laboral en un solo marco normativo. Esta aprobación representa un paso significativo en la implementación de la reforma laboral y supone una transformación profunda de los antiguos contratos de prácticas y formación. De acuerdo con las explicaciones detalladas del ejecutivo, la nueva modalidad contractual incorpora por primera vez cotizaciones por desempleo y al Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), un avance que equipara los derechos de estos trabajadores en formación con el resto de personas asalariadas. Esta medida responde a las críticas recurrentes sobre la precariedad de los contratos formativos del pasado y establece un nuevo estándar de protección.
La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha destacado que "este contrato supone un cambio de paradigma en la formación profesional dual, garantizando que los jóvenes puedan aprender un oficio sin renunciar a los derechos laborales básicos que merecen todos los trabajadores". El régimen establece controles estrictos para evitar que las empresas utilicen esta modalidad como fuente de mano de obra barata. Entre estas limitaciones destacan la fijación de un número máximo de contratos en función del tamaño de la empresa, la prohibición de contratar a la misma persona dos veces para el mismo nivel y sector, y la obligatoriedad de un programa formativo individual que garantice el carácter pedagógico de las tareas encomendadas.
En cuanto a la distribución por tamaño empresarial, el decreto establece un sistema proporcional que limita el número de contratos formativos simultáneos. Las empresas de hasta diez empleados podrán tener tres contratos, las de 11 a 30 personas podrán tener siete, las que cuentan entre 31 y 50 podrán tener diez, y las de más de 50 trabajadores podrán llegar a tener hasta un 20% de la plantilla con esta modalidad contractual. El texto regula con precisión las condiciones laborales para garantizar que la formación sea la prioridad.
El tiempo de trabajo efectivo no podrá superar el 65% de la jornada normal durante el primer año, ni el 85% durante el segundo año. Adicionalmente, se prohíbe realizar horas extra, trabajo nocturno o turnos. La retribución no podrá ser en ningún caso inferior al salario mínimo interprofesional y se establecerá por convenio, mientras que los horarios deberán ser compatibles con los estudios y la duración de los contratos no podrá ser inferior a tres meses ni superior a un año.
Las nuevas reglas representan un intento de detener el efecto "puerta giratoria" que caracterizaba los contratos de formación anteriores, donde muchos jóvenes pasaban por múltiples contratos sin llegar a consolidar una trayectoria profesional estable. Fuentes del Ministerio de Trabajo explican que el objetivo es crear un camino claro hacia el empleo estable, donde la empresa invierta en formación específica y el trabajador adquiera competencias reales para su desarrollo profesional. Las organizaciones empresariales han mostrado opiniones divididas. Mientras algunas valoran positivamente la flexibilidad para adaptar las prácticas a las necesidades reales de cada sector, otras muestran preocupación por los costes adicionales que suponen las nuevas cotizaciones.
Desde los sindicatos, en cambio, se ha recibido con satisfacción el avance sin precedentes de derechos laborales para los jóvenes, aunque han anunciado que vigilarán la aplicación efectiva de los programas formativos para evitar fraudes. Este nuevo contrato formativo comenzará a aplicarse inmediatamente después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, marcando un antes y un después en las políticas activas de empleo para jóvenes en el España.
